El discurso de odio, un tema complejo

Carlos Romero Mendoza • 18 de junio de 2023

@carome31

En el marco de la primera conmemoración del Día Internacional para contrarrestar el Discurso de Odio en el año 2022, el Secretario General de la ONU, António Guterres afirmó que este discurso, además de incitar a la violencia, menoscabar la diversidad y la cohesión social, amenaza los valores y principios comunes que nos unen[1].


Y además, fue categórico al señalar que "el discurso de odio es un peligro para todos, por lo que combatirlo ha de ser una tarea de todos"; en ese contexto, para combatirlo, enfrentarlo o contrarrestarlo es necesario comprender que el mismo es un fenómeno complejo porque puede estar presente en nuestros colegios, en nuestra propia casa, pero también en la esfera pública y en la actualidad se ha venido alertando el uso de las redes públicas para que ese tipo de discurso tenga mayor alcance.


El discurso de odio tiene distintas expresiones o rostros, que nos conduce hasta la xenofobia, aporofobia, misoginia, a la intolerancia ideológica, entre otros fenómenos que vienen a construir barreras, muros que irrumpen la convivencia pacífica y armoniosa de una comunidad, que la fuerza del Estado a través de sus leyes y planes no logra superarlas sin la participación activa y efectiva de cada uno de nosotros; pero para poder contrarrestar ese discurso de odio, es indispensable disponer de un diseño institucional que facilite el camino para asumir la responsabilidad cívica de actuar a través de herramientas como la educación, la sensibilización, las políticas públicas y el debate permanente sobre el tema según la necesidad que haya atendiendo a la realidad del entorno.


Enfrentar el discurso de odio entonces es un asunto complejo, porque tiene distintos rostros, distintas expresiones con consecuencias, que por supuesto, son muy distintas porque está condicionado de ese entorno cultural, político, social y económico que nos rodea a cada uno en particular.


Algunos trabajos a los que he podido acceder para acercarme al tema, se encuentran en un claro consenso, cuando intentan definir el discurso de odio y advierten que es un concepto complejo, sobre el cual a nivel internacional no hay consensos, como nos dice Victor Luis Gutiérrez Castillo, quien es Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Jaén, agrega que la ausencia de una noción compartida tiene como causa que su percepción depende de lo que califica como las distintas sensibilidades jurídicas y políticas existentes en cada sociedad.[2]


Para Martin Risso, Director de la Maestría en Derecho con énfasis en Derecho Constitucional y Derechos Humanos y profesor titular de Derecho Constitucional en pregrado y postgrado en la Universidad Católica del Uruguay, Uruguay, “pocos conceptos (o expresiones) resultan tan complejos en nuestros tiempos como el «discurso del odio»”[3]; quien además afirma que es frecuente que se lo defienda con intensidad y sin mayor profundización, transformándolo en un objetivo básico.


Para Risso, no solo no hay un concepto claro, sino que es un concepto creciente que avanza incluso fuera del ámbito jurídico, por ejemplo, con el lenguaje del odio, que se eleva a una suerte de dogma inapelable: «inclusivos vs. no inclusivos». Y esto implica una estigmatización: los buenos, éticos y sensibles frente a los malos, no éticos e insensibles por el padecer de otros. Esto conduce frecuentemente al lenguaje de lo «políticamente correcto», que muchas veces no es más que un formalismo vacío.


Estas palabras de Risso nos permite comprender la necesidad de profundizar, debatir y comprender mejor el discurso del odio, para poder contrarrestarlo con efectividad, reconociendo que el odio es parte del ser humano y que más allá de respuestas técnicas en lo político y jurídico, que por demás son necesarias, la responsabilidad de cada uno de nosotros como individuos, como vecinos de una comunidad, como padres o madres, está en desarrollar capacidades para entender cuándo estamos frente a un discurso de odio y cuándo el mismo se convierte en un riesgo real para los valores que nos vincula e identifica con una comunidad específica.


Pero hay que tener mucho cuidado, que en esa labor de contrarrestar el discurso de odio, no terminemos arropados confundiendo la responsabilidad cívica de enfrentar ese discurso con la acción política de buscar la excusa en el respeto a los derechos humanos y la dignidad del ser humano para justificar restricciones a la libertad de expresión en nuestra sociedad.


Precisamente en ese sentido, Joaquín Urias, Doctor en Derecho, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y exletrado del Tribunal Constitucional durante el período 2004-2010, nos llama a reflexionar sobre el discurso de odio como una respuesta de una sociedad que tiene “una sensación de peligro frente a los excesos del libre discurso y los riesgos de la manipulación mediática e informativa.”[4]


Así como también, hay que saber advertir, cuándo hay un interés por banalizar el concepto de manera que pierda su significado real o que sus efectos terminen viéndose como algo normal frente a los ojos de la mayoría.


En conclusión, para contrarrestar el discurso de odio, primero hay que identificarlo, conocerlo, valorar el entorno en el que ocurre y los efectos que el mismo podría generar, partiendo de la premisa, que nos enfrentamos a un concepto complejo, con distintos matices y rostros, pero que se va precisando y entendiendo en la medida que somos capaces de identificarlo, lo que no supone que todos los demás miembros de la comunidad también lo hagan.


Para ello, intento construir algunas preguntas que podrían ser útiles como guía para poder identificar ese discurso de odio, a saber:


  1. ¿Quién es la persona que habla?
  2. ¿Cuál es el contexto en el que habla esa persona?
  3. ¿Cuál es el contenido de ese discurso?
  4. ¿Es un discurso que en esa persona es normal, resulta un patrón de su conducta de su trayectoria?
  5. ¿Qué objetivo pareciera perseguir?
  6. ¿Qué efectos o consecuencias creemos que podría generar?


Pueden haber otras preguntas, se pueden redactar mejor, pero no cabe duda que el discurso de odio, está allí en lo público y en lo privado, es una amenaza que sólo podemos comprender su alcance y su efecto, cuando lo hemos vivido directamente, tal vez referirnos a casos como el discurso de odio en Venezuela desde 1999 hasta la fecha o los episodios de xenofobia experimentados en algunos lugares o a través de las redes, para algunos sea sólo un tema para el estudio de académicos o investigadores, pero para otros, son hechos que evidencian los distintos rostros del discurso del odio y sus efectos.




[1]
   News ONU. Guterres: El discurso que incita al odio “deshumaniza a las personas y a las comunidades”. 18 de junio 2022. Online en: https://news.un.org/es/story/2022/06/1510492

[2]   GUTIERREZ CASTILLO, Víctor Luis. El control europeo del ciberespacio ante el discurso de odio: análisis de las medidas de lucha y prevención. En: Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política, Humanidades y Relaciones Internacionales, año 22, nº 45. Tercer cuatrimestre de 2020. Pp. 291-310. Online en: https://revistascientificas.us.es/index.php/araucaria/article/view/13497/11617

[3]   RISSO FERRAND, Martín. La libertad de expresión y el combate al discurso del odio. Estudios constitucionales. 2020, vol.18, n.1. Pp.51-89 Online en: https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-52002020000100051

[4]   URIAS, Joaquin. El discurso de odio como excusa. En: IDEES No. 50: En defensa de la democracia: los derechos políticos y civiles amenazados en el siglo XXI. 30 de octubre 2020. Online en: https://revistaidees.cat/es/el-discurso-del-odio-como-excusa/



Actores para enfrentar la violencia escolar
Por Carlo Romero Mendoza 11 de noviembre de 2024
¿Están nuestros centros educativos, su personal administrativo y docente, así como los padres y madres, tutores y representantes legales de los niños preparados para responder ante la violencia escolar? Desde la experiencia de la Asociación Trencats contra la Violencia Escolar con las denuncias que reciben en esta materia, perciben que los centros escolares permanecen inactivos, las administraciones callan o muestran una preocupante convivencia, agresores que actúan sin consecuencia y víctimas que sufren una doble victimización: primero, a manos de sus agresores, y después, por inacción de un sistema que debería protegerlas. En el marco del Día Internacional contra la Violencia Escolar que se celebra cada primer jueves de noviembre, la Asociación Trencats, elevó su voz de reclamo porque ante las denuncias que se hacen, los afectados son referidos a un inspector de educación, quienes, afirman la Asociación, carecen de herramientas efectivas para expedientar a docentes que, de manera consciente y reiterada, incumplen sus funciones en cuanto a la protección y supervisión de los niños. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 153.e, nos recuerda la mencionada Asociación, reconociendo a los inspectores de educación como agentes para cumplir la función de inspección educativa, les faculta para levantar informes y hacer requerimientos a las autoridades escolares ante incumplimientos a la aplicación de las normativas en los centros educativos, y precisamente, la existencia del protocolos para atender los casos de violencia escolar, es parte de ese conjunto de normas que deben existir en los centros escolares, ello por mandato de la misma Ley de Educación. Sobre el inspección educativa, el artículo 151 de la Ley Orgánica de Educación, permite identificar algunas funciones que considero representan un marco institucional útil para vincular la labor del inspector de educación con la prevención y respuesta frente a la violencia escolar; por supuesto, es necesario profundizar en esa materia porque sin duda en la práctica de esa función de inspección habrán elementos que permitirán reafirmar, revisar o incluso, desechar el papel de los inspectores en esta materia; lo que no quiere decir, que se excluya, al menos para el debate, otra figura que institucionalmente han creado para abordar en gran medida la previsión de la violencia en los centros escolares, me refiero al Coordinador de Bienestar y Prevención que debe existir en cada centro escolar. Sobre la función de inspección educativa, como ya lo mencioné, identifico en las siguientes atribuciones, el marco para el debate sobre el papel del Inspector de Educación en materia de violencia escolar, ellas son: 1.-​ La inspección educativa supone la supervisión de la práctica docente, de la función directiva y la colaboración en su mejora continua. Ese mandato de Ley les permite a los inspectores de educación, observar y conocer sobre las acciones y medidas que se toman en el colegio para que la prevención sea una linea de trabajo para enfrentar la violencia escolar, tanto en la dinámica diaria como en la pedagógica al recomendar el uso de la tecnología, procurando así, colaborar con hacer de los centros escolares un espacio seguro para todos los niños. 2.- ​La supervisión, evaluación y control, debe enfocarse según se interpreta de la Ley sobre lo pedagógico y organizativo del centro educativo, así como también, sobre los proyectos y programas que desarrollen, lo que no excluye el tema violencia escolar, menos aún, si la prevención y la respuesta ante los posibles hechos de violencia escolar están incorporados en sus programas, proyectos y normas para la convivencia escolar. 3.- ​La inspección educativa, entre sus funciones, está la de velar por el cumplimiento en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás normas vigentes, en ese sentido, allí está contenido sin duda alguna, la referencia directa y los elementos para justificar cuándo se levanta un informe o se hacen requerimientos y particularmente en la permanente tarea de prevenir la violencia escolar. Por su parte, como ya lo mencioné, hay otra figura que se ha creado en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y a la que hace referencia la Ley Orgánica de Educación, que es el Coordinador de Bienestar y Prevención, que según la mencionada Ley Orgánica 8/2021, en su artículo 35, podría ser ejercida por un personal que ya esté activo en el centro educativo o uno nuevo. La Ley Orgánica 8/2021 mencionada, define una serie de atribuciones mínimas que debe cumplir ese coordinador y que lo presentan como el responsable de la labor de sensibilización permanente en el centro escolar sobre la necesidad de preservar la convivencia pacífica y prevenir la violencia escolar. En octubre 2024, expertos educativos y sindicatos de docentes piden redefinir la figura del coordinador de bienestar, porque no avanza su implantación con resultados positivos, es una figura que está estancada por falta de recursos y de perfiles más especializados; además, en su implementación, cada Comunidad Autónoma la ha regulado de forma distinta, en unas se asumió con carga de horarios en otras no. Hay un tema importante para el debate que es el papel del Coordinador de Bienestar y también del Inspector de Educación, pues uno u otro o ambos, podrían ser una pieza clave en un modelo de prevención y protección mas efectivo desde el Centro Escolar para enfrentar la violencia escolar. Pero más allá de definir una persona con la responsabilidad de sensibilizar, formar, supervisar y/o coordinar, se hace necesario la existencia y el conocimiento de los protocolos para responder a los posibles problemas de violencia escolar en el centro escolar. Según la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, el protocolo, su ejecución y seguimiento es responsabilidad de las Administraciones educativas, pero exige que los mismos sean informados a la comunidad educativa por directores o titulares de centros educativos. ¿Conocemos los padres y madres la existencia de esos protocolos para enfrentar la violencia escolar en los centros educativos a donde asisten nuestros hijos?. ¿Existe este año el Coordinador de Bienestar a que hace referencia la Ley?. ¿Se ha abordado el tema en el centro educativo de nuestros hijos? Son preguntas claves que nos lleva a autoevaluarnos como padres, en cuanto a nuestra responsabilidad por informarnos sobre el tema, pues ignorarlo o ser indiferente al mismo, no reduce el riesgo existente, más aún, cuando las redes sociales se convierten en herramientas útiles para potenciar la violencia escolar, extendiendo su impacto más allá de las paredes del centro educativo. Alejandro Castro Santander, director del Observatorio de la Convivencia Escolar de la Universidad Católica de Cuyo, Argentina, coincide con la ONG española, EDUCO al afirmar que el “acoso escolar no está encerrado en las paredes del aula o los patios de las escuelas, trasciende el ámbito estrictamente escolar y se ramifica en la vida social de los chicos, sus familias y sus entornos.” Y en tal sentido distingue el bullying tradicional como aquel que ocurre en entornos físicos específicos y generalmente se limita al horario escolar y el ciberbullying como aquél que no tiene barreras de tiempo ni de espacio y ocurre en cualquier momento a través de las redes sociales. Nos enfrentamos a un problema complejo, que debe involucrarnos a todos aquellos que estamos vinculados a un centro escolar, su denuncia no es fácil, como nos dice la Directora de la ONG EDUCO, quien además advierte que la violencia escolar “a veces está tan normalizada que niños y niñas no la identifica como tal”, para mayo 2022 una encuesta realizada por esta ONG registró que en un universo de más de 1000 adolescentes el 29,5% afirmaron que habían sufrido de bullying u otro tipo de violencia escolar, ello incluye todo tipo de acción, omisión o trato negligente, sea entre pares o con personas adultas, frente a un 59,1% que respondió negativamente y un 11,4% no contestó o dijo no saber. ¿Están nuestros centros escolares y nosotros los padres y madres, preparados para enfrentar la violencia escolar?.
Por Bárbara Puglisis 4 de noviembre de 2024
La violencia escolar es un problema que trasciende los límites de las aulas y que, con el crecimiento de la tecnología y el uso extendido de dispositivos móviles a temprana edad, ha encontrado en el entorno digital un espacio donde se potencia. En este contexto, la Carta de Derechos Digitales de España surge como una iniciativa valiosa para establecer una base de protección en el entorno virtual, especialmente para los menores. Sin embargo, para que esta carta realmente funcione, se deben abordar varios factores que inciden en el problema, tales como la falta de control parental, la escasa comunicación entre la escuela y la familia, y el uso de móviles a edades tempranas. El uso de móviles a temprana edad y su impacto en la violencia escolar La introducción de dispositivos móviles a temprana edad representa un cambio profundo en la experiencia de los niños, quienes están en constante contacto con el entorno digital sin contar aún con las herramientas emocionales y sociales necesarias para protegerse. Según estudios recientes, el 30% de los niños en España ya tienen acceso a dispositivos móviles antes de los 10 años. Este acceso temprano a la tecnología expone a los menores a riesgos como el ciberacoso y otros tipos de violencia escolar digital, ampliando el impacto que estas experiencias tienen en su desarrollo emocional y social. A una edad en la que el control emocional y el sentido de responsabilidad están en pleno desarrollo, el uso de dispositivos móviles permite que las interacciones sociales y conflictos se prolonguen más allá del horario escolar. La mayoría de los casos de ciberacoso comienzan en entornos escolares, y el acceso a los móviles permite que estos conflictos se amplifiquen y escapen del control tanto de padres como de educadores, haciendo que el acoso persista sin descanso en las vidas de los niños y adolescentes. Control parental: Un desafío en la era digital El papel de los padres en la supervisión del uso de tecnología y redes sociales por parte de sus hijos es fundamental para prevenir situaciones de violencia escolar en el ámbito digital. No obstante, la realidad es que muchos padres no poseen el conocimiento adecuado o las herramientas necesarias para controlar y gestionar el tiempo que sus hijos pasan en línea o el tipo de contenido al que están expuestos. Esta brecha de conocimientos deja a los menores expuestos a contenidos inapropiados y comportamientos nocivos, y, en muchos casos, los padres no detectan el problema hasta que ya ha causado daños en la salud mental y emocional de los menores. Además, existe una falsa creencia de que los jóvenes son "nativos digitales" y que, por ende, pueden manejar con facilidad el entorno virtual. Sin embargo, aunque los adolescentes se desenvuelvan con soltura en las redes, esto no significa que comprendan los riesgos o que tengan la madurez para gestionar situaciones conflictivas. Es crucial que la Carta de Derechos Digitales considere programas de formación tanto para los menores como para sus padres, con el fin de que ambos comprendan cómo hacer un uso responsable y seguro de la tecnología. La Falta de comunicación entre la escuela y la familia La comunicación entre la escuela y la familia es otro aspecto esencial en la prevención de la violencia escolar, tanto en el entorno físico como en el digital. Cuando las instituciones educativas y los padres no mantienen una relación constante y transparente, es mucho más difícil identificar y actuar frente a situaciones de acoso. En muchos casos, los padres no están al tanto de los conflictos que sus hijos enfrentan en el entorno escolar, y, al no haber una comunicación fluida, los problemas suelen agravarse. La creación de canales de comunicación efectivos permitiría que los padres y los educadores trabajen en conjunto para identificar y resolver estos problemas antes de que escalen. Una solución sería que la Carta de Derechos Digitales establezca pautas para la creación de protocolos de comunicación entre escuelas y familias, de manera que las instituciones educativas puedan informar a los padres sobre el uso de tecnología y la salud digital de sus hijos. Esto no solo ayuda a los padres a monitorear el bienestar de sus hijos, sino que también facilita la implementación de acciones conjuntas para frenar el ciberacoso y otros tipos de violencia. Educación digital y la responsabilidad de la sociedad La educación digital es fundamental para combatir la violencia escolar en el ámbito virtual. Los niños y adolescentes deben recibir formación sobre cómo navegar de manera segura en el entorno digital, incluyendo el respeto hacia los demás, la protección de su privacidad y la identificación de comportamientos inadecuados. De igual manera, los padres y educadores también necesitan capacitación continua para mantenerse informados sobre las amenazas y tendencias actuales en el ciberespacio, de modo que puedan intervenir de manera adecuada. La Carta de Derechos Digitales debería incluir una propuesta de educación digital obligatoria en las escuelas, donde tanto los estudiantes como los padres puedan aprender sobre seguridad en línea, ciberacoso y el uso ético de la tecnología. Esta educación no debe ser algo aislado; debe integrarse en el currículo educativo y adaptarse a cada etapa de desarrollo del estudiante, enfatizando el respeto mutuo, la empatía y la protección de los derechos individuales. Propuesta: Un plan nacional de protección digital para menores Para que la Carta de Derechos Digitales sea verdaderamente eficaz, propongo la creación de un Plan Nacional de Protección Digital para Menores. Este plan debería incluir: 1. Educación digital obligatoria para estudiantes, padres y docentes, con el fin de desarrollar habilidades en el uso seguro de la tecnología. 2. Protocolos de comunicación entre escuelas y familias para alertar y gestionar problemas de ciberacoso y otros tipos de violencia. 3. Campañas de sensibilización que promuevan el control responsable del uso de dispositivos móviles y que informen sobre los efectos negativos del ciberacoso en la salud mental. 4. Responsabilidad de empresas tecnológicas para que implementen herramientas de control de contenido para menores y alertas de ciberacoso. 5. Un Observatorio de Protección Digital para Menores que supervise el impacto de la Carta de Derechos Digitales y proponga ajustes según la evolución de las problemáticas digitales. La violencia escolar en el entorno digital es una problemática compleja que requiere la colaboración de todos los actores sociales para garantizar la seguridad y el bienestar de nuestros menores. La Carta de Derechos Digitales es un paso importante, pero necesita complementarse con acciones más concretas y un enfoque integral que abarque educación, regulación y un esfuerzo conjunto entre la familia, la escuela y las empresas tecnológicas. El uso de dispositivos a temprana edad, la falta de control parental y la escasa comunicación entre el hogar y la escuela son factores que potencian la violencia en el ámbito digital. Solo a través de la implementación de un Plan Nacional de Protección Digital para Menores y una verdadera colaboración social, podremos construir un entorno digital seguro y protector para las generaciones futuras.
Por Bárbara Puglisi 16 de mayo de 2024
España es uno de los países de la Unión Europea que recibe anualmente un número elevado de migrantes en situación irregular. Estamos acostumbrados a ver casi a diario noticias sobre el desembarco de pateras en las costas e islas, a lo que debemos añadir lo que no se ve: la entrada por los aeropuertos de aquellas personas que llegan por turismo, pero se quedan de manera irregular en el país. Se estima que en la actualidad hay alrededor de 500.000 migrantes en situación irregular en España, de los cuales casi un 25% son menores de edad. Por este motivo esta semana en el Congreso de los Diputados se aprobó una iniciativa popular o ILP para que el gobierno realice una regulación masiva de estas personas siempre que hayan ingresado al país antes del 01 de noviembre del 2021. Muchos esperaban que se dictaran las reglas de la regularización, pero lo aprobado en el pleno del Congreso es un párrafo donde se da la orden al Ejecutivo de realizar el proceso de regularización. El texto aprobado fue: "El Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá, en el plazo de 6 meses, un procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de noviembre de 2021." Lo que se aprobó ayer representa un avance modesto hacia la legalización de los migrantes, aunque en mi opinión, es insuficiente. Lo califico así porque, en última instancia, deja la responsabilidad en manos del gobierno para resolver una situación que, sabemos, es consecuencia de su propia gestión. La presión ejercida por las organizaciones ahora debe intensificarse, ya que, si el gobierno no ha logrado resolver esto en tantos años, ¿realmente lo hará en solo seis meses? El caso de los ucranianos asilados en España es un claro ejemplo de cómo, cuando existe voluntad política, el gobierno puede actuar con rapidez y eficacia. En cuestión de semanas, se les proporcionaron los documentos necesarios para su asilo y se les asignó sus documentos de identificación nacional para facilitar su rápida integración en la vida laboral. Si preguntamos a solicitantes de asilo de otros países, muchos pueden contarnos cuántos años han esperado para que se acepte o deniegue su solicitud de asilo. Estas políticas migratorias pueden convertir las excepciones en la norma. Con España habiendo realizado ya cuatro procesos de regularización masiva, podría parecer que cumplir o no con la ley migratoria no importa realmente, ya que se otorgan documentos de todas formas, lo que resta importancia a aquellos que han seguido los procesos legales rigurosamente. Además, brinda libertad a las mafias que trafican con migrantes, ya que pueden prometerles su regularización en el futuro y una entrada fácil a Europa. ¿Cuántas veces España ha realizados regulaciones masivas y cuáles fueron los requisitos que se pidieron? En España, ha habido varios procesos de regulación masiva de migrantes a lo largo de los años, especialmente en respuesta a flujos migratorios significativos. Algunos de los más destacados incluyen: Regularización de 1985: Este proceso fue una respuesta a la gran afluencia de migrantes irregulares, principalmente de países de América Latina y África, que llegaron a España durante los años 80. La regularización de 1985 permitió a muchos de estos migrantes obtener un estatus legal en el país. Regularización de 1996: En este caso, el gobierno español permitió la regularización de inmigrantes que pudieran demostrar que habían estado trabajando en el país durante un período de tiempo determinado, independientemente de su estatus legal. Esta regularización se centró en gran medida en inmigrantes de países extracomunitarios. Regularización de 2005: Conocida como la "Regularización Exprés", esta medida fue implementada por el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero y permitió a los inmigrantes en situación irregular regularizar su estatus si podían demostrar que habían estado trabajando en el país. Se aplicó a una amplia gama de inmigrantes, incluidos aquellos que habían entrado en el país de manera irregular antes de agosto de 2004. Regularización de 2012: En respuesta a la crisis económica y el aumento del desempleo en España, el gobierno introdujo un proceso de regularización para trabajadores extranjeros altamente cualificados y aquellos que pudieran demostrar que habían vivido en España durante un período de tiempo establecido y podían demostrar medios de subsistencia. Cada uno de estos procesos ha tenido sus propias condiciones y requisitos específicos, pero en general, todos buscaban regularizar a aquellos migrantes que ya estaban viviendo y trabajando en el país de manera irregular. Cabe destacar que esta última regularización masiva de migrantes en España se llevó a cabo en un contexto de crisis económica y desempleo, con el objetivo de regularizar la situación de ciertos grupos de migrantes que estaban viviendo en el país de manera irregular. Las condiciones principales para la regularización en 2012, las cuales pueden ser las mismas para este año, fueron las siguientes: 1. Residencia continuada: Los solicitantes debían haber residido de manera continuada en España antes de la fecha de entrada en vigor del proceso de regularización. 2. Demostrar medios de subsistencia: Se requería que los solicitantes pudieran demostrar que tenían medios de subsistencia, ya sea a través de un empleo, una oferta de trabajo o cualquier otra fuente de ingresos legales y suficientes para mantenerse a sí mismos y, en su caso, a sus familias. 3. Ausencia de antecedentes penales: Los solicitantes no debían tener antecedentes penales en España ni en sus países de origen. 4. Cumplimiento de otros requisitos específicos: Dependiendo de la categoría bajo la cual se solicitaba la regularización (por ejemplo, trabajadores altamente cualificados, estudiantes, etc.), podían aplicarse requisitos adicionales específicos, como la demostración de formación o experiencia laboral en el caso de trabajadores cualificados. 5. Presentación de la solicitud dentro del plazo establecido: Los interesados debían presentar su solicitud dentro del plazo establecido por las autoridades competentes. Es importante tener en cuenta que las condiciones específicas pueden variar según la legislación vigente en el momento de la regularización y las disposiciones emitidas por el gobierno español, pero visto que no distan mucho en tiempo pueden que sean las mismas o por lo menos la mayoría se mantengan en este nuevo proceso del 2024. Otros países europeos han tenido regularizaciones masivas de migrantes. En Europa, diversos países han llevado a cabo procesos de regulación masiva de migrantes en respuesta a flujos migratorios significativos o en situaciones específicas. Algunos de los procesos de regularización más destacados incluyen: 1. Italia - 1986: Italia llevó a cabo una regularización masiva de inmigrantes en 1986, conocida como la "Sanatoria", que permitió a cientos de miles de inmigrantes en situación irregular regularizar su estatus migratorio. 2. España - 1985, 1996, 2005, 2012: Como mencioné anteriormente, España ha llevado a cabo varios procesos de regularización a lo largo de los años, en 1985, 1996, 2005 y 2012, para regularizar la situación de inmigrantes en situación irregular que residían en el país. 3. Portugal - 2001: Portugal también realizó una regularización masiva en 2001, permitiendo que los inmigrantes en situación irregular regularizaran su estatus. 4. Francia - 1981, 1997: Francia llevó a cabo regularizaciones masivas en 1981 y 1997, con el objetivo de regularizar a inmigrantes en situación irregular que residían en el país. 5. Grecia - 2011: Grecia llevó a cabo un proceso de regularización en 2011, principalmente dirigido a inmigrantes de países vecinos como Albania y Bulgaria, entre otros. 6. Alemania - 2000: Alemania implementó una regularización masiva en 2000, conocida como "Lex Kosovo", para permitir que los solicitantes de asilo de Kosovo se quedaran en el país. Estos son solo algunos ejemplos de los procesos de regularización masiva de migrantes que se han llevado a cabo en Europa. Cada país puede tener sus propias políticas y condiciones específicas para estos procesos, que pueden variar en función de factores como la situación económica, social y política en ese momento. Retos que enfrentará el gobierno con la regularización. Como observamos, España lidera la lista de países de la Unión Europea que han llevado a cabo el mayor número de regularizaciones masivas, lo que ha alertado a la UE sobre sus políticas migratorias "abiertas y permisivas", las cuales afectan a todos los miembros. Algunos de estos miembros son muy restrictivos en este ámbito para preservar su seguridad nacional y planes económico-laborales internos, que garantizan una economía saludable para sus ciudadanos. La regularización masiva de migrantes en España puede plantear una serie de desafíos y problemas que el gobierno debe afrontar una vez saque la resolución con los términos de este nuevo proceso que generaran gasto público que no estaba contemplado en los presupuestos nacionales. Lo primero que hay que tener en cuenta es que la regularización masiva generará una mayor presión sobre los servicios públicos. Al llevarse a cabo en poco tiempo, podría ocasionar problemas en la prestación de servicios esenciales como la sanidad, la educación y la vivienda, especialmente en áreas con alta concentración de migrantes. Además, es crucial implementar un plan de inserción laboral de forma paralela a la regularización. Esto es importante porque la regularización tendrá un impacto en el mercado laboral, tanto en términos de competencia por empleos como en la posible exposición a abusos laborales si los migrantes regularizados son más vulnerables a la explotación. Pone la lupa también a los temas de control de la inmigración futura. La regularización masiva puede plantear desafíos para el control de la inmigración futura, ya que puede ser percibida como una señal de debilidad en las políticas de control de fronteras y migración.
Por Bárbara Puglisi 20 de febrero de 2024
En el último año la política en España se ha encaminado hacia un proceso preocupante para su democracia. Los ataques entre políticos de las “altas esferas del poder” son considerados por algunos como "jocosos" pero nada más lejos de eso. En la mayoría de los casos están al límite de entrar en lo denominado “discurso de odio”. El discurso de odio en la política es una realidad que puede tener consecuencias perjudiciales para la sociedad. En España, como en muchos otros lugares, es importante abogar por un debate político respetuoso y constructivo. El respeto mutuo y la tolerancia son fundamentales para construir una sociedad cohesionada y democrática. En la era digital, las redes sociales han transformado la manera en que nos involucramos con la política. Sin embargo, este cambio también ha dado lugar a un fenómeno preocupante: el aumento del discurso de odio en el ámbito político, exacerbado por la rápida difusión y amplificación que ofrecen plataformas como X, Facebook e Instagram, principalmente. La política en la era de las redes sociales Las redes sociales han democratizado la participación política al proporcionar a las personas una plataforma para expresar sus opiniones y conectarse con políticos y otros ciudadanos. Sin embargo, esta apertura también ha permitido que el discurso de odio se infiltre y se propague de manera más eficiente, creando un ambiente tóxico que afecta el debate democrático. La política en la era de las redes sociales ha experimentado una transformación significativa, marcando un hito en la participación ciudadana y la difusión de información. Las plataformas han democratizado el acceso a la esfera política, permitiendo a los ciudadanos participar activamente en el debate público y conectarse con sus líderes. Así como a los políticos la masificación de sus discursos y propuestas electorales a más personas dentro y fuera de su país. Sin embargo, esta apertura también ha llevado consigo desafíos sustanciales. La inmediatez y la viralidad de las redes sociales han propiciado la propagación rápida de mensajes políticos, tanto constructivos como destructivos. La brecha entre los políticos y la ciudadanía se ha reducido, pero también se ha creado un terreno propicio para la polarización y el discurso extremista. A esto se le suma el fenómeno de las fake news y la desinformación se ha vuelto más prominente en la política en línea. La rapidez con la que se comparten noticias y la falta de verificación pueden llevar a la difusión de información falsa, afectando la percepción pública y distorsionando la realidad. En definitiva, la política en la era de las redes sociales tiene un doble filo. Aunque ofrece oportunidades para la participación ciudadana y la democratización del discurso político, también plantea desafíos importantes en términos de polarización, desinformación y la creación de burbujas informativas. El manejo ético y responsable de estas herramientas es crucial para preservar una esfera política saludable y transparente, especialmente cuando hablamos de asuntos públicos. Qué concluye el monitoreo ECCos de Paz El monitoreo se basó en las publicaciones en redes sociales de los principales candidatos de los partidos políticos españoles que entren en la contienda electoral en las elecciones generales del 2023. Fueron analizados todos los mensajes publicados y podemos concluir que dichos mensajes a pesar de no entrar en la categoría de discurso de odio si han hecho que la forma de hacer política deshumaniza a los oponentes erosionando de esa forma la confianza en las instituciones democráticas. Cuando los líderes políticos recurren a la retórica divisiva y despectiva, crean un clima en el que la intolerancia florece, debilitando la cohesión social y fomentando la polarización. Sin embargo, hemos visto publicaciones en redes mostrando las llamadas “Lonas del Odio”, lonas que fueron colocadas en las fachadas de edificios en vías importantes que entrarían en temas de odio y que fueron colocadas por organizaciones sociales contra los candidatos. Por ello podemos decir que el discurso de odio en la sociedad contemporánea ha ocasionado una seria amenaza para la cohesión y el bienestar común, y lo continuará haciendo hasta tanto no se cambie a través de sanciones jurídicas o por convicción social. Esta forma de expresión, cargada de hostilidad y animosidad hacia grupos específicos, en este caso candidatos, no solo socava los cimientos de la convivencia pacífica, sino que también tiene consecuencias perjudiciales a nivel individual y colectivo. Debemos tener claro como sociedad que el discurso de odio actúa como una llama que aviva las llamas de la intolerancia, alimentando prejuicios y fomentando la discriminación. Cuando líderes políticos, figuras públicas o incluso ciudadanos comunes participan de ello, contribuyendo a la creación de un ambiente tóxico que puede desencadenar tensiones y conflictos innecesarios. El discurso de odio puede propagarse como un virus, infiltrando las mentes y generando actitudes negativas hacia aquellos que son percibidos como diferentes. Esto no solo debilita la cohesión social, sino que también puede llevar a la discriminación y, en casos extremos, a la violencia. Las plataformas de redes sociales, a pesar de sus beneficios en términos de conectividad, facilitan que las palabras y opiniones pueden difundirse rápidamente contribuye a la amplificación del discurso de odio, generando efectos cascada que afectan a comunidades enteras. Es imperativo que las sociedades promuevan la educación y la conciencia sobre la importancia del respeto y la tolerancia. Además, las plataformas en línea deben asumir la responsabilidad de regular y limitar la difusión del discurso de odio, implementando medidas efectivas para prevenir su propagación descontrolada. Del informe se desprende que el discurso de odio amenaza con socavar los principios fundamentales de una sociedad justa y equitativa. Abogar por un lenguaje respetuoso y constructivo se convierte en una herramienta esencial para construir un mundo en el que la diversidad sea celebrada y la convivencia pacífica sea la norma. El otro aspecto candente: la Ley de Amnistía El año 2024 empieza con la controvertida Ley de Amnistía en España que continúa siendo objeto de debates y reflexiones, especialmente por la fina línea que se puede cruzar si los interesados no manejan bien los contenido y decisiones, convirtiendo ideas e ideologías en discurso del odio. A medida que evoluciona la conciencia social y se reexaminan las políticas del pasado, la discusión sobre la influencia de esta ley y el discurso del odio se intensifica. Desde una perspectiva crítica, algunos argumentan que la Ley de Amnistía está buscando la reconciliación dentro de un proceso democrático, pero podría dejar impunes ciertos actos cometidos en Cataluña. En el ámbito del discurso del odio, esta impunidad podría interpretarse como un obstáculo para la construcción de una narrativa colectiva que condene de manera clara y unánime los actos discriminatorios y violentos del pasado. Algunos críticos sostienen que la falta de rendición de cuentas podría alimentar resentimientos y sentimientos de injusticia, que a su vez podrían manifestarse en discursos de odio dirigidos a grupos específicos. La relación entre la Ley de Amnistía del 2023/2024 y el discurso del odio sigue siendo compleja, reflejando los desafíos persistentes en la búsqueda de equilibrio entre la memoria histórica, la justicia y la estabilidad democrática. El diálogo continuo sobre estos temas es esencial para comprender y abordar los retos actuales en la construcción de una sociedad más justa e inclusiva. Es esencial que los líderes políticos, así como los usuarios de redes sociales, asuman la responsabilidad de promover un discurso respetuoso y constructivo. Ya hemos visto como las plataformas están colaborando mejorando sus políticas y algoritmos con el fin de frenar la difusión del discurso de odio, priorizando la seguridad y el bienestar de la sociedad. En conclusión, el discurso de odio en la política, amplificado por las redes sociales, representa un desafío significativo para la salud de la democracia. Combatir este fenómeno requiere un esfuerzo conjunto de líderes, ciudadanos y plataformas para promover un diálogo político basado en el respeto y la comprensión mutua.
8 de octubre de 2023
La situación migratoria del mediterráneo enciende las alarmas sobre los delitos de tráfico y trata de personas. Debemos entender que la migración que está entrando por el Mediterráneo de manera irregular puede ser víctima de tráfico de personas, delito que se da cuando el migrante “contrata los servicios” de las organizaciones criminales de la zona para que los trasladen desde su país de origen hacia el país donde desean inmigrar de forma irregular; pero simultáneamente se pude estar en presencial del delito de trata de personas cuando las víctimas son captadas por engaño o con violencia para ser explotadas dentro de su país de origen o en otro país. La trata de personas es uno de los delitos más denigrantes para la dignidad humana de cuantos se conocen, ya que supone la degradación de cualquier persona hasta convertirla en una mera mercancía que se puede intercambiar o explotar. Solo en España para el año 2019 se movían más de 5 millones de euros diarios en trata de personas, entendiendo que la trata no es solo en explotación sexual, sino que también incluye la explotación laboral, de criminalidad forzada o de tráfico de órganos. Según datos aportados por la Brigada Central de Trata de Seres Humanos de la policía de España, alrededor de 12 millones de personas en 160 países son víctimas de trata, de las cuales el 62% de ellas son destinadas a la explotación sexual, distribuidas en 80% mujeres y 12% niñas. El tráfico y la trata de personas no discrimina en edad, para el año 2019 llegaron a España 11.345 niños y 956 niñas no acompañados, pero las autoridades solo identificaron a 10 de las niñas como víctimas de trata. Llama la atención que con un número tan elevado de niños y niñas no acompañados que han ingresado al país vía marítima solo el 0.1% se consideran víctimas de tratas, es decir, que las autoridades no cumplieron los protocolos de protección, identificación y análisis de los casos individualmente, pues si comparamos los porcentajes con las cifras internacionales que hablamos en el artículo anterior, es claro y evidente que las autoridades migratorias y de protección de la infancia española no están cumpliendo con su trabajo en la correcta identificación de víctimas de trata de personas. Suponemos que las cifras han aumentado en especial en materia de menores después de que iniciara la guerra de Ucrania, pues España ha sido uno de los principales países de acogida de mujeres y niños que escapan de la guerra. Debemos tener en cuenta que más de 1.5 millones de niños han huido de Ucrania y que las cifras mundiales reflejan que los niños representan el 28% de las personas víctimas de trata según datos aportados por UNICEF y el Grupo Interinstitucional de Coordinación contra la trata de Personas (ICAT). La trata en cifras españolas Entre los años 2017 y 2021, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado comunicaron la identificación formal como víctimas de trata de seres humanos de 1.438 personas, entre ellas se encontraban 64 (4.5%) menores de edad. A estas cifras hay que añadir 4.420 víctimas de explotación sexual y laboral, incluyendo a 36 (0,8%) menores. El abuso de situación de necesidad o vulnerabilidad de la víctima se ha consolidado en los últimos años como el medio comisivo más frecuente en la trata sexual, llegando a alcanzar en el 2021 al 60% de las víctimas. El engaño, ya sea en el tipo de actividad a realizar o en las condiciones de esta, estuvo presente en un 46% de los casos entre el 2017 y 2021. Las víctimas de la trata sexual en los últimos años han mostrado numerosos cambios de tendencia una de ellas es la nacionalidad de las víctimas, en España son las rumanas y nigerianas quienes han sido tradicionalmente las más representativas y las que han mantenido una tendencia más estable. Mientras que las de origen latinoamericano, especialmente Venezuela, Colombia y Paraguay ha mostrado un incremento exponencial en los últimos años, concretamente en el 2021 las víctimas de estas últimas nacionalidades representaron el 59% del total de las identificadas y aquellas con nacionalidad de algún país latinoamericano llegaron al 74%. La trata de seres humanos es un delito con una capacidad de mutación y adaptación notables. Los tratantes ajustan sus modus operandi a las necesidades y dificultades de cada situación y adaptan la oferta muy rápidamente a la demanda. Recordemos que las cifras que dan las autoridades españolas corresponden a víctimas identificadas, es decir, son solo una pequeña muestra de la cruel realidad que viven las víctimas de este “negocio”. La tendencia también ha cambiado con quienes comenten el delito de trata, por primera vez las estadísticas demuestran que en 2021 es mayor el número de mujeres detenidas que el de hombres, concretamente el 53%. Datos que confirma la teoría de las autoridades sobre que muchas de las antiguas víctimas pasan a ocupar puestos de responsabilidad en las redes de trata como “madame” o captoras pues ya conocen el negocio y al ser mujeres con la misma nacionalidad de las víctimas tienden a convencerlas/engañarlas más fácilmente. Las personas detenidas por explotación sexual en 2021, el 60% son hombres, mientras que el 40% son mujeres, todos ellos con nacionalidades principalmente española, colombiana y rumana. Otro tipo de explotación muy extendido en España es el laboral, quienes lo sufren en carne propia son los migrantes. Entre el 2017 y el 2021 las víctimas de explotación laboral eran el 60% hombres y 40% mujeres, llegando en 2021 a una relación de tres hombres por cada mujer víctimas de explotación laboral. La edad más frecuente se sitúa entre los 23 y 32 años con nacionalidades predominantes de Marruecos, Rumanía y España. Algo más de la mitad de las investigaciones emprendidas en 2021 estaban vinculadas al sector agropecuario, englobando al 68% de las víctimas. Centrándonos en la explotación laboral, en 2021 el 83% de los detenidos fueron hombres y el 17% mujeres, con la nacionalidad más característica la española y la rumana. Aquí un cuadro que nos permite evidencias con más claridad la evolución del delito de trata en los últimos años en España:
Caso UE
Por Carlos Romero Mendoza 8 de agosto de 2023
1.- El Código de Conducta en Europa para frenar la incitación al odio. En un artículo anterior, hice referencia a la propuesta que la ONU está consultando sobre la adopción de un Código de Conducta que permita garantizar la integridad de la información en las plataformas digitales, buscando a reducir la propagación de la desinformación y la incitación al odio, protegiendo la libertad de expresión. La mencionada propuesta hace referencia a la necesidad de concretar un compromiso entre distintos agentes sociales: gobiernos y empresas relacionadas con la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC), y en ese contexto, creo que resulta interesante mirar hacia la Unión Europea y su experiencia desde el 2016 con su Código de conducta para combatir la incitación ilegal al odio en Internet en línea, cuyo contenido limita el compromiso a las TICs. El mencionado Código de Conducta de la UE se adoptó como un compromiso político en la Declaración conjunta emitida por el Consejo Extraordinario de Justicia e Interior de 24 de marzo de 2016 sobre los atentados terroristas de Bruselas . El Profesor Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Jaén, Victor Luis Gutierrez Castillo , nos permite conocer aquellas medidas adoptadas por la Unión Europea que representan esos antecedentes o ese camino recorrido hasta llegar a concretar el Código de Conducta para combatir la incitación al odio en Europa, que además, stán fundamentadas específicamente en el artículo 13 del Tratado de Amsterdam y el 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, esas medidas son: 1.- Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico, tanto en el ámbito privado como público. 2.-Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación. 3.-Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio del 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación. 4.- Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo de la UE, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el derecho penal, que se reconocen los delitos de odio en el ámbito europeo al establecer un objetivo común en la respuesta ante este fenómeno. 5.- Directrices de la UE sobre derechos humanos relativas a la libertad de expresión en Internet y fuera de Internet”, que incorporan por primera vez la idea de que los derechos humanos también deben ser protegidos en la red, publicada por Consejo de la UE el 27 de junio del 2016. 6.- Decisión nº. 276/1999/CE, aprobada el 25 de enero de 1999 por el Parlamento Europeo mediante el cual se adopta un plan plurianual de acción comunitaria para propiciar una mayor seguridad en la utilización de internet mediante la lucha contra los contenidos ilícitos y nocivos en las redes mundiales en la que se reconoce expresamente (artículo 3), la obligación de (…) fomentar la autorregulación del sector y los mecanismos de supervisión de los contenidos (por ejemplo, los relativos a contenidos tales como la pornografía infantil o aquellos que inciten al odio por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad u origen étnico) (…) Todo este camino recorrido nos lleva en el año 2016 cuando la Comisión Europea y cuatro grandes empresas del sector de las TIC: YouTube, Twitter, Facebook y Microsoft, adoptaron el Código de conducta para combatir la incitación ilegal al odio en Internet en línea, a través del cual se busca el establecimiento de filtros de detección de contenidos lesivos o potencialmente lesivos y su retirada en un plazo de 24 horas desde su notificación. Por cierto, durante este año 2023 se ha anunciado la revisión del mencionado Código de Conducta. Según información pública, se suman a este compromiso desde el año 2016: Instagram, Snapchat y Dailymotion, recientemente en el 2022 también lo hizo la plataforma Twitch . Importante destacar, que en el 2022, la Unión Europea adoptó un nuevo instrumento normativo que plantea entre sus objetivos la creación de un espacio digital más seguro en el que se protejan los derechos fundamentales de todos los usuarios de servicios digitales, es decir de los usuarios de todo servicio en línea, que va desde los sitios web simples hasta servicios de infraestructura de internet y plataformas en línea. Claramente se trata de un objetivo que está relacionado directamente con el compromiso de enfrentar el Discurso de Odio a través de las plataformas digitales, el mencionado instrumento normativo fue adoptado el 16 de noviembre 2022 como Ley de Servicios Digitales (DSA) . Para la Comisión Europea, es necesario que las TICs garanticen que la aplicación del Código apoye el cumplimiento de la Ley de Servicios Digitales, pues de esa forma se añadirá valor en los ámbitos específicos de la lucha contra la incitación al odio y la protección de la libertad de expresión online. El impacto y el compromiso del Código de Conducta. En relación al Código de conducta para combatir la incitación ilegal al odio en Internet en línea, es relevante señalar que el mismo es evaluado permanentemente, en el año 2022 se realizó su séptima evaluación , en cuyo contenido se registra un descenso en los resultados de notificación y acción de las empresas en el marco del compromiso de respuesta a las notificaciones que reciban; entre los datos que se destacan de la mencionada evaluación, se destacan: 1.- El número de notificaciones revisadas por las empresas en un plazo de 24 horas descendió en comparación con los dos últimos ejercicios de supervisión, pasando del 90,4% en 2020, al 81% en 2021, y al 64,4% en 2022; en este contexto, TikTok es reconocida como la única empresa que mejoró su tiempo. 2.- La tasa de eliminación, registró un 63,6%, cifra que es considerablemente inferior a la de su pico en 2020 (71%); en este caso, solo YouTube obtuvo mejores resultados en este parámetro. 3.- La evaluación registra una evolución positiva en cuanto a la frecuencia y la calidad de los comentarios de las empresas a los usuarios, algo que la Comisión había pedido a las empresas que mejoraran en el informe de 2021. Por último, para poder comprender el alcance del Código de Conducta de la UE para frenar la incitación al odio, importante destacar cuáles son esos compromisos que asumen las TICs en el marco del mencionado Código, a saber: 1.- Procedimientos claros y eficaces. Compromiso de procedimientos claros y eficaces para retirar o deshabilitar el acceso a contenido con incitación ilegal al odio. Las empresas de TI dispondrán de normas o directrices comunitarias en las que se aclare que prohíben la promoción de la incitación a la violencia y las conductas odiosas. Tras la recepción de una notificación válida de retirada, las empresas de TI valorarán esas solicitudes con arreglo a sus normas y directrices comunitarias y, en caso necesario, a las legislaciones nacionales de transposición de la Decisión marco 2008/913/JAI, con equipos especializados en examinar solicitudes. Las empresas de TI revisarán la mayoría de las notificaciones válidas para la retirada de manifestaciones de incitación ilegal al odio en menos de 24 horas, y retirarán o deshabilitarán, si fuera necesario, el acceso a dicho contenido. 2.- Educación y concienciación. Las empresas de TI educarán y concienciarán a sus usuarios sobre los tipos de contenidos no autorizados en virtud de sus normas y directrices comunitarias. El sistema de notificación podría emplearse como herramienta para ello. 3.- Rapidez y eficacia de la comunicación. Las empresas de TI facilitarán información sobre los procedimientos de presentación de notificaciones con vistas a aumentar la rapidez y la eficacia de la comunicación entre las autoridades de los Estados miembros y las empresas de TI, en particular en lo relativo a las notificaciones y la deshabilitación del acceso o la retirada de las manifestaciones de incitación ilegal al odio en Internet. 4.- Alianzas con OSC organizaciones tercer sector. Las empresas de TI fomentarán las notificaciones y la señalización por parte de expertos de los contenidos que promuevan la incitación a la violencia y conductas odiosas, particularmente a través de asociaciones con OSC, facilitando información clara sobre las normas y directrices comunitarias de cada empresa y sobre las normas relativas a los procesos de información y notificación. Las empresas TI procurarán reforzar las asociaciones con las OSC mediante la ampliación su ámbito geográfico y, en su caso, proporcionando apoyo y formación para permitir a los socios de las OSC desempeñar el papel de «informantes de confianza» o equivalente, respetando debidamente la necesidad de mantener su independencia y credibilidad. Estados miembros y la Comisión Europea para garantizar el acceso a una red representativa de socios de las OSC y de «informantes de confianza» en todos los Estados miembros a fin de contribuir a proporcionar notificaciones de alta calidad Las empresas de TI recurrirán al apoyo de los Estados miembros y la Comisión Europea para garantizar el acceso a una red representativa de socios de las OSC y de «informantes de confianza» en todos los Estados miembros a fin de contribuir a proporcionar notificaciones de alta calidad. Las empresas de TI presentarán información sobre los «informantes de confianza», disponible en sus sitios web. 5.- Compromiso con formación permanente en las empresas TI. Las empresas de TI proporcionarán formación periódica a su personal sobre la evolución de la sociedad actual e intercambiarán puntos de vista sobre el potencial de mejora. Las empresas de TI intensificarán la cooperación entre sí y con otras plataformas y empresas de medios de comunicación social para reforzar el intercambio de mejores prácticas. Por último, creo oportuno citar al profesor de la Universidad de Jaén Gutiérrez Castillo, cuando describe este Código en la práctica como una “privatización de las funciones estatales, ya que son empresas privadas y no autoridades públicas, las que, determinan lo que es lícito o no en la red”, una afirmación que permite abrir un debate interesante sobre el tema y su complejidad. 1. Comisión Europea. Código de Conducta para la lucha contra la incitación ilegal al odio en internet. 30 de julio 2016. Online en: https://commission.europa.eu/document/551c44da-baae-4692-9e7d-52d20c04e0e2_es 2. GUTIERREZ CASTILLO, Victor Luis. El control europeo del ciberespacio ante el discurso de odio. Análisis de las medidas de lucha y prevención. En: Fundación Dialnet. Recuperado el 30 de julio 2023. Online en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7695859.pdf 3. Europapress.es La plataforma Twitch se suma al Código de Conducta de la UE para retirar contenido de odio de internet. 3 de julio 2022. Online en: https://www.europapress.es/internacional/noticia-plataforma-twitch-suma-codigo-conducta-ue-retirar-contenidos-odio-internet-20220620174511.html 4. Comisión Europea. Paquete de la Ley de Servicios Digitales. Sin fecha. Recuperado el 04 de agosto 2023. Online en: https://digital-strategy.ec.europa.eu/es/policies/digital-services-act-package 5. Centro de Documentación de Almeria. Código de Conducta de la UE contra la incitación al odio online. 25 de noviembre 2022. Online en: https://www.cde.ual.es/codigo-de-conducta-de-la-ue-contra-la-incitacion-al-odio-online/
Por Bárbara Puglisi 31 de julio de 2023
Recientemente se celebraron las elecciones en España, todavía falta esperar las negociaciones entre los partidos para alcanzar los escaños requeridos para la formación de gobierno, pero lo que sí está claro es que quien gobierne debe tener en cuenta la presencia de trazas de discursos de odio en la sociedad española. A pesar que el monitoreo realizado por la ong Eccos de Paz durante la campaña electoral de los principales líderes de cada partido no reflejo la existencia de discursos de odio tal como es concebido por la legislación nacional, sí se evidencia una tendencia muy marcada propuestas que podrían ir contra grupos minoritarios como la migración, las agendas LTGBI+ y la agenda feminista, a tal punto que algunos partidos hicieron de esos temas en contra y a favor se convirtiesen en su discurso y propuestas de campaña. Quienes asuman el gobierno ya tienen la tarea hecha sobre las políticas públicas que deben implementar en su gestión para evitar que lo que hoy son trazas de odio se conviertan en delitos de odio que podría ocasionar que merme la cohesión social española. Los futuros gobernantes deben aplicar las recomendaciones hechas por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre las minorías y el discurso de odio en medios sociales. Lo primero es hacer un recuento de todos los instrumentos legales internacionales que establecen derechos y obligaciones a los Estados en materia de minorías y que si no están incorporados al sistema jurídico español deberían tramitarse las respectivas modificaciones legales para su incorporación: - Declaración Universal de Derechos Humanos. - Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. - Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. - Convención Interamericana sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial. -Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. - Convención sobre los Derechos del Niño. - Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. - Convenio marco del Consejo de Europa para la protección de las minorías nacionales. Así mismo, también es importante tomar en cuenta para el marco jurídico nacional en materia de discurso de odio lo señalado en el Plan de Acción de Rabat, del cual conversamos más ampliamente en artículos anteriores. Este plan de acción desarrolla la prohibición de la apología del odio nacional, racial o religioso que constituye incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia. Plan de acción que en material de medios sociales debe complementarse con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, y la Estrategia y Plan de Acción de las Naciones Unidas contra la Lucha contra el Discurso de Odio. Naciones Unidas hace énfasis en que el abordaje del tema el discurso de odio contra las minorías en los medios sociales debe siempre tener un enfoque basado en los derechos humanos, por ello los Estados deberían promover la igualdad y actuar contra la incitación a la discriminación, la hostilidad y la violencia, siempre respetando plenamente la libertad de opinión y de expresión y el derecho a la privacidad, tema que tratamos con un periodista en el podcast de "Creando Eccos", donde hablamos sobre las líneas entre libertad de expresión y discurso de odio. Dentro de las recomendaciones se establece que los Estados deberían actuar con decisión rápida y eficaz para bordar y combatir el discurso de odio contra las minorías en las comunidades en línea, específicamente tienen la obligación de investigar y enjuiciar con rapidez y eficacia a los responsables para que rindan cuentas con el fin de que las víctimas tengan acceso efectivo a la justicia. Todo ello dentro del marco de la transparencia en los mecanismos de moderación y judicialización en los casos que corresponda de los contenidos en las redes sociales. Como políticas de prevención del discurso y delito del odio los Estados deberían adoptar iniciativas de educación en Derechos Humanos sobre los derechos de las minorías. Entre las acciones que pueden realizar tenemos: - Programas escolares que promuevan la diversidad y la pluralidad. - Combatir la discriminación, los estereotipos, la xenofobia, el racismo y el discurso de odio mediante la difusión de relatos positivos alternativos inclusivos que inviten al diálogo. - Mejorar la alfabetización digital en todas las generaciones. - Diseñar e implementar campañas comunicacionales intensiva para desmentir los fakes News y combatir prejuicios. - Diseñar e implementar campañas comunicacionales con el objetivo de sensibilizar sobre el odio o de crear narrativas alternativas para permitir que las personas vean a los grupos minoritarios con una perspectiva diferente de aportes y beneficios como sociedad en conjunto. Al momento de elaborar políticas públicas dirigidas a resolver una problemática en concreto es fundamental buscar las causas que lo motivan y los actores involucrados. En el caso de los discursos de odio en contra de las minorías en los medios sociales las víctimas deberían formar parte de esos procesos de formulación de políticas inclusivas, ya sea en representación personal o de organizaciones no gubernamentales. Las víctimas debidamente organizadas y la sociedad civil en pleno también tienen formas de participar y coadyuvar al Estado en sus obligaciones de prevención y sancionamiento, entre ellas: - La vigilancia del odio en línea. - El apoyo a la víctima del odio en línea. - La vigilancia de la capacidad de respuesta de las plataformas a la denuncia de odio en línea. - La vigilancia en la respuesta de los Gobiernos a las denuncias de línea. - La identificación de las nuevas manifestaciones de odio. - El rastreo de las amenazas y los avisos a los interesados. - El apoyo a las fuerzas de orden proporcionando datos para la investigación. - El apoyo a otras organizaciones de la sociedad civil aportando conocimientos especializados cuando sea necesario, - La creación de plataformas para promover una mayor coordinación en la vigilancia del discurso de odio. - El suministro información y de capacitación a los responsables políticos, las plataformas, los educadores, las fuerzas de orden, las instituciones nacionales de los derechos humanos y otros. - El apoyo a la educación pública mediante programas y con la colaboración de los medios de comunicación. Otros actores para tomar en cuenta son las empresas de tecnologías de medios de comunicación, cuya importancia radica en la prevención y abordaje de los casos que se presenten en línea, pues tienen la obligación legal y moral de eliminar de forma rápida, completa y sistemática el discurso de odio o impedir el acceso a él, aplicando al mismo tiempo salvaguardas eficaces y apropiadas para garantizar que su actuación sea diligente y proporcional. El trabajo de las empresas de Internet debe estar coordinada con los Estados, con el objetivo de mejorar la recopilación de datos y presentar de forma desglosada para identificar las causas y los efectos, los factores que impulsan el discurso de odio, los mecanismos que lo sustentan y las condiciones que lo propician. Otro de los actores involucrados es el sistema de justicia, quienes lo integran deben tener los conocimientos necesarios para la identificación y enjuiciamiento de los discursos y delitos de odio, crear mecanismos accesibles para denunciar el discurso de odio, crear e implementar medidas civiles y administrativas y medidas de Derecho Penal. Cabe resaltar que solo deberían utilizarse el enjuiciamiento penal como último recurso en estos casos en sus formas más graves, por ejemplo, incitación al genocidio o la apología al odio. También los Estados deberían estudiar la posibilidad de regular los que podrían ser propensos al discurso de odio, como son las campañas políticas, los procesos electorales y la gestión de crisis, deberían establecerse un mecanismo para relación de datos relativos al discurso de odio y a la violencia contra las minorías tanto a nivel regional como nacional con el fin de comprender mejor las pautas, los objetivos y las repercusiones del discurso de odio contra las minorías. Sabemos que el discurso de odio tiene mayor repercusión y además es más visible gracias a las redes sociales y el avance de la tecnología por eso también Naciones Unidas hacer una recomendación directamente a quiénes son dueños de esta plataforma y solicita que se apoye en los estados para fomentar medidas punitivas para contrarrestar el discurso de odio y respaldar la cohesión social de integración. Asimismo, los Estados deberían tomar medidas contra la desinformación difundida deliberadamente para perjudicar a las minorías. Las instituciones nacionales de derechos humanos y la sociedad civil deberían colaborar para proporcionar, recopilar y difundir datos relevantes sobre el fenómeno del discurso de odio contra las minorías y su incidencia. Retos que deben superarse como sociedad Los organismos internacionales ya han hecho su parte en la investigación e identificación del discurso del odio y sus tipos penales, ahora corresponde a los Estados hacer su parte en implementarlo. Es importante hacer notar que si bien expresar un discurso de odio no es un predictor inequívoco de la agresión física se ha observado que hitos políticos y discursos de odio por parte de autoridades o figuras de poder aumentan el riesgo de Delitos de Odio en una población. Es claro que a medida que aumentan los mensajes racistas, xenofóbicos, de intolerancia o que identifican a los "otros", es decir, a los miembros de grupos de minorías, como una amenaza crece exponencialmente el rechazo y la posibilidad de que se cometa el delito del odio. Por ello la ausencia de políticas públicas que permitan acoger y acompañar a estos grupos de minorías no solo afecta a la persona y la familia, sino también afecta a los países como tal y a sus sociedades, a la vez que se genera un clima en los que las personas sienten que pueden actuar con impunidad. Queda claro que en oportunidades la eficacia de esas políticas públicas puede ser obstaculizada por la presencia de contra mensaje de político u otras figuras públicas de envergadura que existan en la administración que clasifican como "peligrosas" la presencia de los grupos minoritarios. El principal reto que tienen los Estados por delante es la llamada "infradenuncia" que viene dada por: 1) El miedo a la revictimización o a las represalias por parte de los agresores, 2) Los sentimientos de humillación o de vergüenza, 3) La incertidumbre sobre cómo o dónde denunciar un incidente y sobre qué beneficios le aportará como víctima, 4) La falta de confianza en que las fuerzas policiales le ayuden o se tomen su caso en serio, 5) Las barreras lingüísticas, 6) El miedo ser expulsados del país en el caso de personas indocumentadas, 7) En el caso de las personas LTGBIQ el miedo de exponer su identidad sexual, 8) E l no considerar que le incidente haya sido un delito o concebirla como una infracción menor. Por eso es importante mejorar los procesos de identificación y reporte que no solo permitan generar respuesta para los casos concretos, sino que también darán una mayor visibilidad a la magnitud del problema permitiendo datos estadísticos que puedan ayudar a ser más exactos en la toma de decisiones frente a este fenómeno pero que además facilita la elaboración de indicadores de impacto e incidencia por parte de los actores estratégicos.
Por Carlos Romero Mendoza 17 de julio de 2023
@carome31 El discurso de odio puede venir a través del lenguaje escrito, verbal o incluso visual a través de imágenes y en la actualidad, hay una enorme preocupación porque las redes sociales se han convertido en un canal de divulgación masivo e inmediato que puede ante cualquier mensaje que incite al odio, despertar pasiones entre usuarios con consecuencias muy diversas, que podría decirse, hasta impredecibles. Quizá el tema pueda parecer que es muy distante a nuestra realidad más inmediata, pero no lo es, en consecuencia, para poder contrarrestar el discurso de odio, resulta imprescindible y lógico que primero tenemos que tener la capacidad de identificar cuándo estamos frente a un mensaje que podría calificarse como de incitación al odio. España experimenta un momento electoral importante, pues se realizarán a finales de este mes de julio las elecciones generales, y en consecuencia un proceso electoral es un espacio donde se despiertan muchas pasiones que pueden generar mensajes fuertes que para muchos podrían ser calificados como insulto, ofensa o incluso, mensajes de burla hacia un grupo determinado de personas o hacia un individuo específico. En el contexto electoral hay tres hechos concretos que han generado denuncias y reclamos argumentando que los mismos incitan al odio o podría decir, abren el camino hacia un discurso de odio; esos hechos se han conocido como las lonas del odio. Una primera lona fue colocada en la calle de Alcalá de Madrid, en la fachada de un edificio y ocupaba seis plantas del mismo; la segunda, fue desplegada en la calle de Atocha, también en Madrid y la misma cubrió la fachada del edificio, continuando por el dorsal del mismo; ambos hechos nos permiten entender mejor que la tipificación de un mensaje como incitación al odio corresponde a los Tribunales de Justicia, lo que nos lleva a la necesidad de una institucionalizad que genere credibilidad en la ciudadanía para que ésta pueda denunciar, como forma de contrarrestar el discurso de odio, según el caso en particular. Pero además, ambos hechos ponen en evidencia como la propaganda electoral puede desarrollar un mensaje visual capaz de hacer reaccionar a grupos sociales o incluso gobiernos por sentirse agredidos, ofendidos o burlados por esas propagandas. En el caso de la lona de la calle Alcalá, tenía un fondo verde, color de la agrupación política VOX, y en ella se veía una mano que lucía una pulsera con la bandera de España la cual tiraba a la basura papeles con distintos símbolos que representan al feminismo; la Agenda 2030; la bandera LGTBIQ+, la comunista de la hoz y el martillo; la estelada del idependentismo catalán y el símbolo del movimiento okupa; la mencionada lona registró en una frase el siguiente mensaje: “decide lo que importa”. La Lona de la calle Alcalá fue denunciada por PSOE y por distintas organizaciones como la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Intersexuales y más(FELGTBI+) y el Colectivo de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales de Madrid (COGAM). Para el ministro de Interior de España, Fernando Grande Marlaska, el contenido de la lona podría “ayudar a otros discursos todavía más incendiarios y a que delitos de odio tengan trismente una realidad.” Por su parte para Ronny de la Cruz, presidente de COGAM, afirma que ese cartel representa un “nuevo ejemplo del proyecto de odio que tiene Vox, que tiene la ultraderecha en España”, y para la Presidenta de la Fedeación, Uge Sangil, el mensaje es una más de las amenazas de vos al colectivo LGTBI+ y a toda la sociedad española. Esa lona de la calle Alcalá fue retirada el 27 de junio de 2023 porque la Junta Electoral recordó que estaba prohibida la propaganda electoral desde la convocatoria de la campaña electoral hasta el inicio de la misma, según está establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Para la Junta Electoral la mencionada lona responde a una contratación comercial con un mensaje dirigido a “persuadir al elector”, pero advierte la Junta que aún cuando en el mensaje no se invite al elector a ejercer el sufragio, no se puede negar que la lona es propaganda electoral, entendiendo, por propaganda electoral, “cualquier actividad que, directa o indirectamente pretenda la captación de sufragio.” Así mismo en el caso de la otra lona, ubicada en la calle de Atocha, la misma dice: “Tú a Marruecos, Desokupa a la Moncloa”, los medios destacan que la lona está dirigida contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pues en la lona se puede ver su cara, enfrentada a la de Daniel Esteve, dueño de la empresa de desokupación, en actitud agresiva. La lona, según información pública, tiene un mensaje que dice: “En ocho años hemos recuperado las casas de 7.600 familias o condenas. Os echaremos de menos a todos”. Debajo del escrito aparecen las imágenes de dirigentes de Podemos como Irene Montero, Ione Belarra, Alejandra Jacinto, Pablo Iglesias, así como también Gabriel Rufián de ERC y Juan Bernardo Fuentes Curbelo del PSOE . Para el Gobierno de España la lona violenta el artículo 504 del Código Penal, relacionadas con los delitos de odio recogidos en el Código Penal, de los cuales pueden ser sujeto activo las personas jurídicas, conforme a los artículos 31 bis y 510 bis del mencionado Código, frente a los inmigrantes. Para el secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán , el mensaje excede de la libertad de expresión, y en tal sentido informa que solicitó a un Tribunal dar la orden de retirarla. Para la Junta Electoral, hay libertad de expresión y si bien la lona no se orienta directamente a captar votos favorables para una candidatura, exterioriza posiciones críticas o discrepantes con las posiciones defendidas por determinadas formaciones político; sobre las denuncias sobre la existencia de elementos de odio, la Junta recuerda que la competencias para poder valorar si hay o no un delito de odio le corresponde a los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción penal en España. En este caso a diferencia de la lona de la calle Alcalá, permanecerá expuesta hasta el 24 de julio, según noticia publicada el 7 de julio 2023. Si bien en ambos casos no se ha determinado que se trate de mensajes visuales que califican para ser tipificados como incitación al odio, no es menos cierto, que las decisiones tomadas en cuanto a retirar la lona en el primer caso o a mantenerla hasta el 24 de julio, se basan en criterios de la ley electoral, que por demás, no tiene competencia para tipificar cualquier mensaje como delito de odio. Una tercera lona ha sido expuesta en la calle madrileña Martinez Campos, en ella aparece la imagen de un hombre encapuchado y con barba que sujeta desde atrás a una mujer, a la que tapa la boca mientras esta trata de chillar. En la imagine podemos leer el siguiente mensaje: "Sánchez ha puesto a cientos de estos monstruos en la calle". Esa tercera pancarta, podemos calificarla como una crítica al Gobierno de Pedro Sánchez por las rebajas de las penas y excarcelaciones producidas tras la conocida como Ley del Solo Sí es Sí; esta Lona podría ser valorada como una crítica y desde ese punto de vista, valorar si su contenido incita o no al odio. La crítica, entendida como el análisis o afirmaciones negativas que tienen como objetivo establecer un juicio de valor de la persona receptora y en ocasiones infringir un daño u ofensa, es uno de los criterios a valorar cuando se analiza el mensaje de odio , según nos dice un trabajo publicado en el 2021 en la Revista Mediterránea de Comunicación, firmado por varios autores y en el que se analiza el discurso de odio en Instragram durante las Elecciones Generales de 2019 en España, y nos presenta la crítica como uno de los criterios para ese análisis de contenido. Una cuarta pancarta es aquella que fue colocada en Chueca lona específicamente en la plaza de Pedro Zerolo, en el barrio de Chueca, en la que se usa el lema ’23J, vota contra los pactos del odio’ junto a las caras combinadas de los candidatos de PP y Vox a las Elecciones Generales, Alberto Núñez Feijóo y Santiago Abascal, respectivamente. La cara del segundo aparece tras rasgarse parcialmente la cara del primero . Sobre esta lona Vox presentó un recurso ante la Junta Electoral de Zona, que fue decidido el 17 de julio 2023, requiriendo a la organización Avaaz que retire la palabra ‘vota’, o en su defecto toda la lona desplegada. Por su parte, Avaaz, ha lamentado que sea VOX, el mismo partido autor de Wla lona en la que tiró a la basura los derechos y la dignidad de millones de españolas y españoles sea quien trate ahora de silenciarnos.” A primera hora del sábado 15 de julio los responsables de la lona, eliminaron del mismo la palabra “vota” por lo que sólo se lee 23J contra los pactos del odio . Hasta ahora en el marco de las elecciones generales, desde Eccos de Paz hemos ido monitoreando aquellos hechos que nos permiten identificar ejemplos concretos de mensajes que podrían ser calificados por algunos como incitación al odio, y así destacamos en este artículo estas cuatro lonas sobre las cuales se hace referencia en este artículo. En base a esas lonas, podemos preguntarnos: 1.- ¿El contenido de esas lonas puede ser valorado como mensaje de odio? 2.- ¿Debemos aceptar que la propaganda electoral pueda ofender, menospreciar, insultar o burlarse de una persona o grupo de personas? El debate que se pueda generar sobre la primera pregunta ayudará a comprender mejor cuando abordamos el discurso de odio, nos enfrentamos a una realidad compleja que siempre nos impone reflexionar sobre los límites entre libertad de expresión, los mensajes en tiempo electoral , no sólo entre los candidatos, sino también entre los seguidores de cada candidato, y los niveles de tolerancia aceptados por la sociedad en general. 1.- El Pais. VOX retira la lona contra los derechos LGTBI y el feminismo por orden de la Junta Electoral. 27 de junio 2023. Online en: https://elpais.com/espana/elecciones-generales/2023-06-27/la-junta-electoral-obliga-a-vox-a-retirar-su-lona-contra-los-derechos-lgtbi-y-negacionista-antes-de-medianoche.html 2.- Los colectivos LGTB denuncian lona de odio desplegada por VOX en Madrid y afean al PP que asumen su discurso. 20 de junio 2023. Online en: https://www.ondacero.es/elecciones/generales/colectivos-lgtb-denuncian-lona-odio-desplegada-vox-madrid-afean-que-asume-discurso_2023062064914f039d4a830001582be4.html 3.- IDEM 4.-Ondacero.es Colectivos LGTB denuncian lona de odio desplegada por VOX en Madrid y afean al PP que asume su discurso. 20 de junio 2023. Online en: https://www.ondacero.es/elecciones/generales/colectivos-lgtb-denuncian-lona-odio-desplegada-vox-madrid-afean-que-asume-discurso_2023062064914f039d4a830001582be4.html 5.-RTVE.es. Vox quita la lona de la calle Alcalá de Madrid tras instarle la Junta Electoral de Madrid. 27 de junio 2023. Online en: https://www.rtve.es/noticias/20230627/junta-electoral-ordena-vox-retirar-lona-tira-basura-bandera-lgtbi/2450551.shtml 6.-Europapress. Gobierno enmarca lona Desokupa contra Sánchez en discurso de odio pero no aclara si presentará denuncia. 4 de junio 2023. Online en: https://www.europapress.es/nacional/noticia-gobierno-enmarca-lona-desokupa-contra-sanchez-discursos-odio-no-aclara-si-presentara-denuncia-20230704144007.html 7.-El Confidencial.com El PSOE denuncia ante la JEC la lona de Desokupa por incitar al odio y pide retirarla. 05 de julio 2023. Online en: https://www.elconfidencial.com/espana/2023-07-05/el-psoe-denuncia-ante-la-jec-la-lona-de-desokupa-por-incitar-al-odio-y-pide-retirarla_3687570/ 8.-Publico. La Junta Electoral permite la Lona de Desokupa y seguirá hasta después del 23J. 07 de julio de 2023. Online en: https://www.publico.es/sociedad/dueno-desokupa-anuncia-retira-lona-odio-boicot-colectivos-vivienda.html 9.-Idem. Una nueva lona del odio de Vox acusa a Sánchez de sacar violadores a las calles. 12 de julio 2023. Online en: https://www.publico.es/politica/nueva-lona-odio-vox-acusa-sanchez-sacar-violadores-calles.html. 10.-LOSADA-DIAZ, José-Carlos; ZAMORA-MEDINA, Rocío y MARTINEZ-MARTINEZ, Helena. El discurso de odio en Instagram durante las Elecciones Generales en España 2019. En: Revista Mediterránea de Comunicación. 2021, 12(2): 195-208. https://doi.org/10.14198/MEDCOM.19142 11.-Gacetín Madrid. La Junta Electoral ordena retirar total o parcialmente la lona de Chuecas contra los “pactos del odio” de PP y VOX. 15 de julio 2023. Online en:https://gacetinmadrid.com/2023/07/15/la-junta-electoral-ordena-retirar-total-o-parcialmente-la-lona-en-chueca/ 12.- ABC. Modifican la lona de Chueca contra el voto a PP y a VOX tras la orden de la Junta Electoral. 15 de julio 2023. Online en:https://www.abc.es/espana/madrid/junta-electoral-ordena-retirar-modificar-lona-chueca-20230715123133-nt.html
Por Carlos Romero Mendoza 7 de julio de 2023
@carome31 Eccos de Paz ha iniciado una campaña para lograr identificar cómo se puede contrarrestar el discurso de odio, y en ese sentido, resulta útil y oportuno mirar hacia la ONU para conocer qué otros instrumentos han adoptado, distintos a declarar un día internacional para contrarrestar el discurso de odio que anualmente se conmemora el 18 de junio. Para empezar, es oportuno hacerlo con el Plan y Estrategia para contrarrestar el discurso de odio, presentado en el año 2019 por el Secretario General de la ONU, António Guterres, a través del cual se presentan las distintas formas como la ONU se plantea enfrentar el discurso de odio a nivel mundial, manteniendo como premisa principal la preservación de la libertad de opinión y expresión, en colaboración con los Gobiernos, la sociedad civil, el sector privado y otros asociados . Esas distintas formas que plantea la ONU responden a dos objetivos concretos que inspiran el Plan y Estrategia, a saber: 1. Aumentar los esfuerzos de la ONU de forma coordinada para abordar las causas profundas y los desencadenantes del discurso de odio, que se centren en la educación como instrumento preventivo que promueva la concienciación y genere unidad. 2. Centrar la respuesta de la ONU en el impacto del discurso de odio en las sociedades, haciendo hincapié en la colaboración con los agentes pertinentes, reforzar las actividades de promoción y elaborar pautas para contrarrestar determinadas narrativas. Como se puede apreciar con claridad, la educación y concienciación, la colaboración entre todos y la definición de una serie de pautas para contrarrestar el odio son los ingredientes, por así decirlo, de una receta que pueda servir de antídoto para enfrentar el discurso de odio. En ese contexto, cito a continuación los 4 los principios en los cuales se debe inspirar el Plan y la Estrategia diseñada por la ONU, a saber: 1. La libertad de expresión debe preservarse. La Estrategia y su aplicación estarán en consonancia con el derecho a la libertad de opinión y de expresión; para las Naciones Unidas, debe haber más discurso, no menos, para actuar frente al discurso de odio. 2. Todos somos responsables. La lucha contra el discurso de odio es responsabilidad de todos, gobiernos, sociedades y el sector privado, empezando por las mujeres y los hombres concretos. Todos somos responsables y todos debemos actuar; 3. El papel clave de la tecnología. En la era digital, las Naciones Unidas deben apoyar a una nueva generación de ciudadanos digitales, empoderados para reconocer y rechazar el discurso de odio y oponerse a él; 4. Investigación y conocimiento. Necesitamos saber más para actuar eficazmente: esto exige coordinar la recopilación de datos y la investigación, en particular sobre las causas profundas, los factores y las condiciones que propician el discurso de odio. En base a esos principios y los objetivos previamente señalados, el Plan y la Estrategia define los siguientes compromisos: 1. Vigilancia y análisis del discurso de odio. 2. Hacer frentes a las causas profundas, los factores y los protagonistas del discurso de odio. 3. Aliento y apoyo a las víctimas del discurso de odio. 4. Reunión de los agentes pertinentes, buscando, cuando sea necesario, redefinir los problemas de manera que resulte posible encontrar soluciones; acudir a mediadores y expertos independientes; y crear coaliciones. 5. Colaboración con medios de comunicación nuevos y tradicionales, para promover los valores de la tolerancia, la no discriminación, el pluralismo y la libertad de opinión y de expresión. 6. Uso de la tecnología, como forma de adaptarse a las innovaciones tecnológicas y alentar la realización de más investigaciones sobre la relación entre el uso indebido de Internet y las redes sociales para difundir el discurso de odio y sobre los factores que impulsan a las personas a cometer actos de violencia. 7. Uso de la educación como instrumento para afrontar y contrarrestar el discurso de odio. 8. Promoción de sociedades pacíficas, inclusivas y justas, para hacer frente a las causas profundas y los factores del discurso de odio, lo que supone, nos dice el documento, concienciar sobre el respeto de los derechos humanos, la no discriminación, la tolerancia y la comprensión de otras culturas y religiones, así como la igualdad de género, incluido el mundo digital. Debe promover la comprensión mutua y el diálogo intercultural, interreligioso e intrarreligioso. 9. Actividades de promoción, tanto pública como privada, para poner de relieve las tendencias de discurso de odio que son motivo de preocupación, así como para expresar su solidaridad y apoyo a las personas o los grupos que sufren ese discurso. 10. Elaboración de orientaciones para la comunicación externa. 11. Aprovechamiento de las alianzas, ello supone promoverlas y fortalecerlas. 12. Creación de capacidad del personal de la ONU, para comprender y afrontar el discurso de odio 13. Apoyo a los Estados miembros, que lo soliciten que lo soliciten en el ámbito de la creación de capacidad y la elaboración de políticas para hacer frente al discurso de odio. Esos compromisos aspiran que la ONU demuestre tener capacidad para abordar el problema con todos sus Estados miembros y lograr ese mundo más respetuoso y civilizado, al cual hizo referencia el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, en el marco de la conmemoración del Día Internacional para contrarrestar el discurso de odio 2023. Para Türk, no hay bala de plata, ni interruptor que pueda ser pulsado para liberar al mundo del odio en la red o fuera de ella; en consecuencia agrega, podemos limitar su propagación, aislar y responsabilizar a los incitadores del odio y fomentar un mayor respeto a través de medidas específicas y dotadas de recursos. Y en el marco de ese respeto al cual hace referencia el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, António Guterres, Secretario General de la ONU, ha presentado la idea de impulsar un Código de Conducta que permita garantizar la integridad de la información en las plataformas digitales, destinado a reducir la propagación de la desinformación y la incitación al odio, protegiendo la libertad de expresión. Ese Código que se está consultando, según informa ONU, presenta una serie de compromisos que se aspiran sean voluntariamente asumidos por distintos agentes y actores a nivel internacional, a saber: 1. Los gobiernos, las empresas tecnológicas y otras partes interesadas deben abstenerse de utilizar, apoyar o amplificar la desinformación y la incitación al odio con cualquier fin 2. Los gobiernos deben garantizar un panorama mediático libre, viable, independiente y plural, con fuertes protecciones para los periodistas 3. Las plataformas digitales deben garantizar la seguridad y la privacidad desde el diseño en todos los productos, junto con una aplicación coherente de las políticas y los recursos en todos los países e idiomas 4. Todas las partes interesadas deben tomar medidas urgentes e inmediatas para garantizar que todas las aplicaciones de inteligencia artificial sean seguras, responsables y éticas, y cumplan con las obligaciones en materia de derechos humanos 5. Las empresas tecnológicas deben alejarse de los modelos de negocio que priorizan el compromiso por encima de los derechos humanos, la privacidad y la seguridad 6. Los anunciantes y las plataformas digitales deben garantizar que los anuncios no se coloquen junto a mensajes de desinformación o incitación al odio en línea, y que no se promuevan anuncios que contengan desinformación 7. Las plataformas digitales deben garantizar una transparencia significativa y permitir el acceso de investigadores y académicos a los datos, respetando al mismo tiempo la privacidad de los usuarios La causa que motiva ese Código está en la forma como se están utilizando las plataformas digitales como herramientas para subvertir la ciencia y difundir desinformación y odio a miles de millones de personas; con el Código, dice Guterres, se aspira “crear medidas de protección para ayudar a los gobiernos a unirse en torno a directrices que promuevan los hechos, al tiempo que exponen conspiraciones y mentiras, y salvaguardan la libertad de expresión e información”. Como se puede apreciar entre los compromisos planteados en el Código de Conducta está presente la inteligencia artificial y claramente, ese instrumento, se propone definir la responsabilidad que deben tener las plataformas digitales en la lucha contra el discurso de odio, aspecto este en el cual la Unión Europea ya tiene una experiencia acumulada que debe ser valorada en este debate a través de Código de conducta para la lucha contra la incitación al odio en internet, adoptada en el año 2016 y que en otro artículo será presentada con más detalle. 1. ONU.La Estrategia y el Plan de Acción de las Naciones Unidas para luchar contra el discurso de odi. Recuperado 25 de julio 2023. https://www.un.org/en/genocideprevention/documents/advising-and-mobilizing/Action_plan_on_hate_speech_ES.pdf 2. Naciones Unidas. Derechos Humanos Oficina de Alto Comisionado. Jefe de Derechos Humanos: el discurso de odio no tiene cabida en nuestro mundo. 16 de junio 2023. Online en: https://www.ohchr.org/es/press-releases/2023/06/un-human-rights-chief-hate-speech-has-no-place-our-world 3. El Periódico de España. La ONU propone un código de conducta para luchar contra el odio y la desinformación en internet. 12 de junio 2023. Online en: https://www.epe.es/es/espana/20230612/onu-propone-codigo-conducta-luchar-88612071 4. Noticias ONU. Guterres pide era de integridad a las redes sociales para detener la desinformación y la incitación al odio. 12 de junio 2023. Online en: https://news.un.org/es/story/2023/06/1521887
Por Bárbara Puglisi 4 de julio de 2023
La migración vuelve a estar en el ojo del huracán de la política, los países receptores de migrantes que están en pleno proceso de elecciones presidenciales son aquellos que tienen el tema al “rojo vivo” y que puede llegar a representar una amenaza contra los valores democráticos, la estabilidad social y la paz.
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