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Este espacio tiene como objeto promover contenidos, relacionados con la cohesión social, la convivencia y la paz, que generen reflexión, toma de conciencia y debate en las redes sociales desde la ciudadanía participativa.

ECCOS e IDEAS

Actores para enfrentar la violencia escolar
Por Carlo Romero Mendoza 11 nov, 2024
¿Están nuestros centros educativos, su personal administrativo y docente, así como los padres y madres, tutores y representantes legales de los niños preparados para responder ante la violencia escolar? Desde la experiencia de la Asociación Trencats contra la Violencia Escolar con las denuncias que reciben en esta materia, perciben que los centros escolares permanecen inactivos, las administraciones callan o muestran una preocupante convivencia, agresores que actúan sin consecuencia y víctimas que sufren una doble victimización: primero, a manos de sus agresores, y después, por inacción de un sistema que debería protegerlas. En el marco del Día Internacional contra la Violencia Escolar que se celebra cada primer jueves de noviembre, la Asociación Trencats, elevó su voz de reclamo porque ante las denuncias que se hacen, los afectados son referidos a un inspector de educación, quienes, afirman la Asociación, carecen de herramientas efectivas para expedientar a docentes que, de manera consciente y reiterada, incumplen sus funciones en cuanto a la protección y supervisión de los niños. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 153.e, nos recuerda la mencionada Asociación, reconociendo a los inspectores de educación como agentes para cumplir la función de inspección educativa, les faculta para levantar informes y hacer requerimientos a las autoridades escolares ante incumplimientos a la aplicación de las normativas en los centros educativos, y precisamente, la existencia del protocolos para atender los casos de violencia escolar, es parte de ese conjunto de normas que deben existir en los centros escolares, ello por mandato de la misma Ley de Educación. Sobre el inspección educativa, el artículo 151 de la Ley Orgánica de Educación, permite identificar algunas funciones que considero representan un marco institucional útil para vincular la labor del inspector de educación con la prevención y respuesta frente a la violencia escolar; por supuesto, es necesario profundizar en esa materia porque sin duda en la práctica de esa función de inspección habrán elementos que permitirán reafirmar, revisar o incluso, desechar el papel de los inspectores en esta materia; lo que no quiere decir, que se excluya, al menos para el debate, otra figura que institucionalmente han creado para abordar en gran medida la previsión de la violencia en los centros escolares, me refiero al Coordinador de Bienestar y Prevención que debe existir en cada centro escolar. Sobre la función de inspección educativa, como ya lo mencioné, identifico en las siguientes atribuciones, el marco para el debate sobre el papel del Inspector de Educación en materia de violencia escolar, ellas son: 1.-​ La inspección educativa supone la supervisión de la práctica docente, de la función directiva y la colaboración en su mejora continua. Ese mandato de Ley les permite a los inspectores de educación, observar y conocer sobre las acciones y medidas que se toman en el colegio para que la prevención sea una linea de trabajo para enfrentar la violencia escolar, tanto en la dinámica diaria como en la pedagógica al recomendar el uso de la tecnología, procurando así, colaborar con hacer de los centros escolares un espacio seguro para todos los niños. 2.- ​La supervisión, evaluación y control, debe enfocarse según se interpreta de la Ley sobre lo pedagógico y organizativo del centro educativo, así como también, sobre los proyectos y programas que desarrollen, lo que no excluye el tema violencia escolar, menos aún, si la prevención y la respuesta ante los posibles hechos de violencia escolar están incorporados en sus programas, proyectos y normas para la convivencia escolar. 3.- ​La inspección educativa, entre sus funciones, está la de velar por el cumplimiento en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás normas vigentes, en ese sentido, allí está contenido sin duda alguna, la referencia directa y los elementos para justificar cuándo se levanta un informe o se hacen requerimientos y particularmente en la permanente tarea de prevenir la violencia escolar. Por su parte, como ya lo mencioné, hay otra figura que se ha creado en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y a la que hace referencia la Ley Orgánica de Educación, que es el Coordinador de Bienestar y Prevención, que según la mencionada Ley Orgánica 8/2021, en su artículo 35, podría ser ejercida por un personal que ya esté activo en el centro educativo o uno nuevo. La Ley Orgánica 8/2021 mencionada, define una serie de atribuciones mínimas que debe cumplir ese coordinador y que lo presentan como el responsable de la labor de sensibilización permanente en el centro escolar sobre la necesidad de preservar la convivencia pacífica y prevenir la violencia escolar. En octubre 2024, expertos educativos y sindicatos de docentes piden redefinir la figura del coordinador de bienestar, porque no avanza su implantación con resultados positivos, es una figura que está estancada por falta de recursos y de perfiles más especializados; además, en su implementación, cada Comunidad Autónoma la ha regulado de forma distinta, en unas se asumió con carga de horarios en otras no. Hay un tema importante para el debate que es el papel del Coordinador de Bienestar y también del Inspector de Educación, pues uno u otro o ambos, podrían ser una pieza clave en un modelo de prevención y protección mas efectivo desde el Centro Escolar para enfrentar la violencia escolar. Pero más allá de definir una persona con la responsabilidad de sensibilizar, formar, supervisar y/o coordinar, se hace necesario la existencia y el conocimiento de los protocolos para responder a los posibles problemas de violencia escolar en el centro escolar. Según la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, el protocolo, su ejecución y seguimiento es responsabilidad de las Administraciones educativas, pero exige que los mismos sean informados a la comunidad educativa por directores o titulares de centros educativos. ¿Conocemos los padres y madres la existencia de esos protocolos para enfrentar la violencia escolar en los centros educativos a donde asisten nuestros hijos?. ¿Existe este año el Coordinador de Bienestar a que hace referencia la Ley?. ¿Se ha abordado el tema en el centro educativo de nuestros hijos? Son preguntas claves que nos lleva a autoevaluarnos como padres, en cuanto a nuestra responsabilidad por informarnos sobre el tema, pues ignorarlo o ser indiferente al mismo, no reduce el riesgo existente, más aún, cuando las redes sociales se convierten en herramientas útiles para potenciar la violencia escolar, extendiendo su impacto más allá de las paredes del centro educativo. Alejandro Castro Santander, director del Observatorio de la Convivencia Escolar de la Universidad Católica de Cuyo, Argentina, coincide con la ONG española, EDUCO al afirmar que el “acoso escolar no está encerrado en las paredes del aula o los patios de las escuelas, trasciende el ámbito estrictamente escolar y se ramifica en la vida social de los chicos, sus familias y sus entornos.” Y en tal sentido distingue el bullying tradicional como aquel que ocurre en entornos físicos específicos y generalmente se limita al horario escolar y el ciberbullying como aquél que no tiene barreras de tiempo ni de espacio y ocurre en cualquier momento a través de las redes sociales. Nos enfrentamos a un problema complejo, que debe involucrarnos a todos aquellos que estamos vinculados a un centro escolar, su denuncia no es fácil, como nos dice la Directora de la ONG EDUCO, quien además advierte que la violencia escolar “a veces está tan normalizada que niños y niñas no la identifica como tal”, para mayo 2022 una encuesta realizada por esta ONG registró que en un universo de más de 1000 adolescentes el 29,5% afirmaron que habían sufrido de bullying u otro tipo de violencia escolar, ello incluye todo tipo de acción, omisión o trato negligente, sea entre pares o con personas adultas, frente a un 59,1% que respondió negativamente y un 11,4% no contestó o dijo no saber. ¿Están nuestros centros escolares y nosotros los padres y madres, preparados para enfrentar la violencia escolar?.
Por Bárbara Puglisis 04 nov, 2024
La violencia escolar es un problema que trasciende los límites de las aulas y que, con el crecimiento de la tecnología y el uso extendido de dispositivos móviles a temprana edad, ha encontrado en el entorno digital un espacio donde se potencia. En este contexto, la Carta de Derechos Digitales de España surge como una iniciativa valiosa para establecer una base de protección en el entorno virtual, especialmente para los menores. Sin embargo, para que esta carta realmente funcione, se deben abordar varios factores que inciden en el problema, tales como la falta de control parental, la escasa comunicación entre la escuela y la familia, y el uso de móviles a edades tempranas. El uso de móviles a temprana edad y su impacto en la violencia escolar La introducción de dispositivos móviles a temprana edad representa un cambio profundo en la experiencia de los niños, quienes están en constante contacto con el entorno digital sin contar aún con las herramientas emocionales y sociales necesarias para protegerse. Según estudios recientes, el 30% de los niños en España ya tienen acceso a dispositivos móviles antes de los 10 años. Este acceso temprano a la tecnología expone a los menores a riesgos como el ciberacoso y otros tipos de violencia escolar digital, ampliando el impacto que estas experiencias tienen en su desarrollo emocional y social. A una edad en la que el control emocional y el sentido de responsabilidad están en pleno desarrollo, el uso de dispositivos móviles permite que las interacciones sociales y conflictos se prolonguen más allá del horario escolar. La mayoría de los casos de ciberacoso comienzan en entornos escolares, y el acceso a los móviles permite que estos conflictos se amplifiquen y escapen del control tanto de padres como de educadores, haciendo que el acoso persista sin descanso en las vidas de los niños y adolescentes. Control parental: Un desafío en la era digital El papel de los padres en la supervisión del uso de tecnología y redes sociales por parte de sus hijos es fundamental para prevenir situaciones de violencia escolar en el ámbito digital. No obstante, la realidad es que muchos padres no poseen el conocimiento adecuado o las herramientas necesarias para controlar y gestionar el tiempo que sus hijos pasan en línea o el tipo de contenido al que están expuestos. Esta brecha de conocimientos deja a los menores expuestos a contenidos inapropiados y comportamientos nocivos, y, en muchos casos, los padres no detectan el problema hasta que ya ha causado daños en la salud mental y emocional de los menores. Además, existe una falsa creencia de que los jóvenes son "nativos digitales" y que, por ende, pueden manejar con facilidad el entorno virtual. Sin embargo, aunque los adolescentes se desenvuelvan con soltura en las redes, esto no significa que comprendan los riesgos o que tengan la madurez para gestionar situaciones conflictivas. Es crucial que la Carta de Derechos Digitales considere programas de formación tanto para los menores como para sus padres, con el fin de que ambos comprendan cómo hacer un uso responsable y seguro de la tecnología. La Falta de comunicación entre la escuela y la familia La comunicación entre la escuela y la familia es otro aspecto esencial en la prevención de la violencia escolar, tanto en el entorno físico como en el digital. Cuando las instituciones educativas y los padres no mantienen una relación constante y transparente, es mucho más difícil identificar y actuar frente a situaciones de acoso. En muchos casos, los padres no están al tanto de los conflictos que sus hijos enfrentan en el entorno escolar, y, al no haber una comunicación fluida, los problemas suelen agravarse. La creación de canales de comunicación efectivos permitiría que los padres y los educadores trabajen en conjunto para identificar y resolver estos problemas antes de que escalen. Una solución sería que la Carta de Derechos Digitales establezca pautas para la creación de protocolos de comunicación entre escuelas y familias, de manera que las instituciones educativas puedan informar a los padres sobre el uso de tecnología y la salud digital de sus hijos. Esto no solo ayuda a los padres a monitorear el bienestar de sus hijos, sino que también facilita la implementación de acciones conjuntas para frenar el ciberacoso y otros tipos de violencia. Educación digital y la responsabilidad de la sociedad La educación digital es fundamental para combatir la violencia escolar en el ámbito virtual. Los niños y adolescentes deben recibir formación sobre cómo navegar de manera segura en el entorno digital, incluyendo el respeto hacia los demás, la protección de su privacidad y la identificación de comportamientos inadecuados. De igual manera, los padres y educadores también necesitan capacitación continua para mantenerse informados sobre las amenazas y tendencias actuales en el ciberespacio, de modo que puedan intervenir de manera adecuada. La Carta de Derechos Digitales debería incluir una propuesta de educación digital obligatoria en las escuelas, donde tanto los estudiantes como los padres puedan aprender sobre seguridad en línea, ciberacoso y el uso ético de la tecnología. Esta educación no debe ser algo aislado; debe integrarse en el currículo educativo y adaptarse a cada etapa de desarrollo del estudiante, enfatizando el respeto mutuo, la empatía y la protección de los derechos individuales. Propuesta: Un plan nacional de protección digital para menores Para que la Carta de Derechos Digitales sea verdaderamente eficaz, propongo la creación de un Plan Nacional de Protección Digital para Menores. Este plan debería incluir: 1. Educación digital obligatoria para estudiantes, padres y docentes, con el fin de desarrollar habilidades en el uso seguro de la tecnología. 2. Protocolos de comunicación entre escuelas y familias para alertar y gestionar problemas de ciberacoso y otros tipos de violencia. 3. Campañas de sensibilización que promuevan el control responsable del uso de dispositivos móviles y que informen sobre los efectos negativos del ciberacoso en la salud mental. 4. Responsabilidad de empresas tecnológicas para que implementen herramientas de control de contenido para menores y alertas de ciberacoso. 5. Un Observatorio de Protección Digital para Menores que supervise el impacto de la Carta de Derechos Digitales y proponga ajustes según la evolución de las problemáticas digitales. La violencia escolar en el entorno digital es una problemática compleja que requiere la colaboración de todos los actores sociales para garantizar la seguridad y el bienestar de nuestros menores. La Carta de Derechos Digitales es un paso importante, pero necesita complementarse con acciones más concretas y un enfoque integral que abarque educación, regulación y un esfuerzo conjunto entre la familia, la escuela y las empresas tecnológicas. El uso de dispositivos a temprana edad, la falta de control parental y la escasa comunicación entre el hogar y la escuela son factores que potencian la violencia en el ámbito digital. Solo a través de la implementación de un Plan Nacional de Protección Digital para Menores y una verdadera colaboración social, podremos construir un entorno digital seguro y protector para las generaciones futuras.
Por Bárbara Puglisi 16 may, 2024
España es uno de los países de la Unión Europea que recibe anualmente un número elevado de migrantes en situación irregular. Estamos acostumbrados a ver casi a diario noticias sobre el desembarco de pateras en las costas e islas, a lo que debemos añadir lo que no se ve: la entrada por los aeropuertos de aquellas personas que llegan por turismo, pero se quedan de manera irregular en el país. Se estima que en la actualidad hay alrededor de 500.000 migrantes en situación irregular en España, de los cuales casi un 25% son menores de edad. Por este motivo esta semana en el Congreso de los Diputados se aprobó una iniciativa popular o ILP para que el gobierno realice una regulación masiva de estas personas siempre que hayan ingresado al país antes del 01 de noviembre del 2021. Muchos esperaban que se dictaran las reglas de la regularización, pero lo aprobado en el pleno del Congreso es un párrafo donde se da la orden al Ejecutivo de realizar el proceso de regularización. El texto aprobado fue: "El Gobierno, mediante Real Decreto, establecerá, en el plazo de 6 meses, un procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de noviembre de 2021." Lo que se aprobó ayer representa un avance modesto hacia la legalización de los migrantes, aunque en mi opinión, es insuficiente. Lo califico así porque, en última instancia, deja la responsabilidad en manos del gobierno para resolver una situación que, sabemos, es consecuencia de su propia gestión. La presión ejercida por las organizaciones ahora debe intensificarse, ya que, si el gobierno no ha logrado resolver esto en tantos años, ¿realmente lo hará en solo seis meses? El caso de los ucranianos asilados en España es un claro ejemplo de cómo, cuando existe voluntad política, el gobierno puede actuar con rapidez y eficacia. En cuestión de semanas, se les proporcionaron los documentos necesarios para su asilo y se les asignó sus documentos de identificación nacional para facilitar su rápida integración en la vida laboral. Si preguntamos a solicitantes de asilo de otros países, muchos pueden contarnos cuántos años han esperado para que se acepte o deniegue su solicitud de asilo. Estas políticas migratorias pueden convertir las excepciones en la norma. Con España habiendo realizado ya cuatro procesos de regularización masiva, podría parecer que cumplir o no con la ley migratoria no importa realmente, ya que se otorgan documentos de todas formas, lo que resta importancia a aquellos que han seguido los procesos legales rigurosamente. Además, brinda libertad a las mafias que trafican con migrantes, ya que pueden prometerles su regularización en el futuro y una entrada fácil a Europa. ¿Cuántas veces España ha realizados regulaciones masivas y cuáles fueron los requisitos que se pidieron? En España, ha habido varios procesos de regulación masiva de migrantes a lo largo de los años, especialmente en respuesta a flujos migratorios significativos. Algunos de los más destacados incluyen: Regularización de 1985: Este proceso fue una respuesta a la gran afluencia de migrantes irregulares, principalmente de países de América Latina y África, que llegaron a España durante los años 80. La regularización de 1985 permitió a muchos de estos migrantes obtener un estatus legal en el país. Regularización de 1996: En este caso, el gobierno español permitió la regularización de inmigrantes que pudieran demostrar que habían estado trabajando en el país durante un período de tiempo determinado, independientemente de su estatus legal. Esta regularización se centró en gran medida en inmigrantes de países extracomunitarios. Regularización de 2005: Conocida como la "Regularización Exprés", esta medida fue implementada por el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero y permitió a los inmigrantes en situación irregular regularizar su estatus si podían demostrar que habían estado trabajando en el país. Se aplicó a una amplia gama de inmigrantes, incluidos aquellos que habían entrado en el país de manera irregular antes de agosto de 2004. Regularización de 2012: En respuesta a la crisis económica y el aumento del desempleo en España, el gobierno introdujo un proceso de regularización para trabajadores extranjeros altamente cualificados y aquellos que pudieran demostrar que habían vivido en España durante un período de tiempo establecido y podían demostrar medios de subsistencia. Cada uno de estos procesos ha tenido sus propias condiciones y requisitos específicos, pero en general, todos buscaban regularizar a aquellos migrantes que ya estaban viviendo y trabajando en el país de manera irregular. Cabe destacar que esta última regularización masiva de migrantes en España se llevó a cabo en un contexto de crisis económica y desempleo, con el objetivo de regularizar la situación de ciertos grupos de migrantes que estaban viviendo en el país de manera irregular. Las condiciones principales para la regularización en 2012, las cuales pueden ser las mismas para este año, fueron las siguientes: 1. Residencia continuada: Los solicitantes debían haber residido de manera continuada en España antes de la fecha de entrada en vigor del proceso de regularización. 2. Demostrar medios de subsistencia: Se requería que los solicitantes pudieran demostrar que tenían medios de subsistencia, ya sea a través de un empleo, una oferta de trabajo o cualquier otra fuente de ingresos legales y suficientes para mantenerse a sí mismos y, en su caso, a sus familias. 3. Ausencia de antecedentes penales: Los solicitantes no debían tener antecedentes penales en España ni en sus países de origen. 4. Cumplimiento de otros requisitos específicos: Dependiendo de la categoría bajo la cual se solicitaba la regularización (por ejemplo, trabajadores altamente cualificados, estudiantes, etc.), podían aplicarse requisitos adicionales específicos, como la demostración de formación o experiencia laboral en el caso de trabajadores cualificados. 5. Presentación de la solicitud dentro del plazo establecido: Los interesados debían presentar su solicitud dentro del plazo establecido por las autoridades competentes. Es importante tener en cuenta que las condiciones específicas pueden variar según la legislación vigente en el momento de la regularización y las disposiciones emitidas por el gobierno español, pero visto que no distan mucho en tiempo pueden que sean las mismas o por lo menos la mayoría se mantengan en este nuevo proceso del 2024. Otros países europeos han tenido regularizaciones masivas de migrantes. En Europa, diversos países han llevado a cabo procesos de regulación masiva de migrantes en respuesta a flujos migratorios significativos o en situaciones específicas. Algunos de los procesos de regularización más destacados incluyen: 1. Italia - 1986: Italia llevó a cabo una regularización masiva de inmigrantes en 1986, conocida como la "Sanatoria", que permitió a cientos de miles de inmigrantes en situación irregular regularizar su estatus migratorio. 2. España - 1985, 1996, 2005, 2012: Como mencioné anteriormente, España ha llevado a cabo varios procesos de regularización a lo largo de los años, en 1985, 1996, 2005 y 2012, para regularizar la situación de inmigrantes en situación irregular que residían en el país. 3. Portugal - 2001: Portugal también realizó una regularización masiva en 2001, permitiendo que los inmigrantes en situación irregular regularizaran su estatus. 4. Francia - 1981, 1997: Francia llevó a cabo regularizaciones masivas en 1981 y 1997, con el objetivo de regularizar a inmigrantes en situación irregular que residían en el país. 5. Grecia - 2011: Grecia llevó a cabo un proceso de regularización en 2011, principalmente dirigido a inmigrantes de países vecinos como Albania y Bulgaria, entre otros. 6. Alemania - 2000: Alemania implementó una regularización masiva en 2000, conocida como "Lex Kosovo", para permitir que los solicitantes de asilo de Kosovo se quedaran en el país. Estos son solo algunos ejemplos de los procesos de regularización masiva de migrantes que se han llevado a cabo en Europa. Cada país puede tener sus propias políticas y condiciones específicas para estos procesos, que pueden variar en función de factores como la situación económica, social y política en ese momento. Retos que enfrentará el gobierno con la regularización. Como observamos, España lidera la lista de países de la Unión Europea que han llevado a cabo el mayor número de regularizaciones masivas, lo que ha alertado a la UE sobre sus políticas migratorias "abiertas y permisivas", las cuales afectan a todos los miembros. Algunos de estos miembros son muy restrictivos en este ámbito para preservar su seguridad nacional y planes económico-laborales internos, que garantizan una economía saludable para sus ciudadanos. La regularización masiva de migrantes en España puede plantear una serie de desafíos y problemas que el gobierno debe afrontar una vez saque la resolución con los términos de este nuevo proceso que generaran gasto público que no estaba contemplado en los presupuestos nacionales. Lo primero que hay que tener en cuenta es que la regularización masiva generará una mayor presión sobre los servicios públicos. Al llevarse a cabo en poco tiempo, podría ocasionar problemas en la prestación de servicios esenciales como la sanidad, la educación y la vivienda, especialmente en áreas con alta concentración de migrantes. Además, es crucial implementar un plan de inserción laboral de forma paralela a la regularización. Esto es importante porque la regularización tendrá un impacto en el mercado laboral, tanto en términos de competencia por empleos como en la posible exposición a abusos laborales si los migrantes regularizados son más vulnerables a la explotación. Pone la lupa también a los temas de control de la inmigración futura. La regularización masiva puede plantear desafíos para el control de la inmigración futura, ya que puede ser percibida como una señal de debilidad en las políticas de control de fronteras y migración.
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